Colaborador Invitado

Multilateralismo vs. regionalismo en el comercio internacional

El multilateralismo, como modelo de organización y regulación del comercio global, muestra signos de debilitamiento frente a la creciente proliferación de acuerdos comerciales regionales.

En el informe más reciente de la Organización Mundial del Comercio (OMC), publicado el 13 de enero de 2026, se señala que actualmente existen 380 Acuerdos Comerciales Regionales (ACR) en vigor, resultado de 628 notificaciones presentadas por los miembros de la Organización.

Este dato evidencia una tendencia en el comercio internacional contemporáneo: el multilateralismo, como modelo de organización y regulación del comercio global, muestra signos de debilitamiento frente a la creciente proliferación de acuerdos comerciales regionales. Estos acuerdos establecen distintos niveles de compromisos y marcos normativos diferenciados que, en muchos casos, reducen la certeza jurídica y la previsibilidad que han caracterizado al sistema multilateral de comercio.

El elevado número de Acuerdos Comerciales Regionales, particularmente aquellos estructurados como Zonas de Libre Comercio o Tratados de Libre Comercio (TLC) —como ocurre con el T-MEC—, ha contribuido a que el principio de no discriminación o de Nación Más Favorecida (NMF), uno de los pilares del sistema multilateral, sea gradualmente desplazado por reglas preferenciales contenidas en acuerdos regionales. Aunque dichos acuerdos no necesariamente contravienen las normas multilaterales, en la práctica las superan en alcance y preferencia para los países signatarios.

La dimensión de esta tendencia puede observarse en el número de acuerdos comerciales vigentes que mantienen algunos de los principales socios comerciales de México, según datos de la OMC:

• Estados Unidos: 15

• Canadá: 15

• Unión Europea: 46

• Reino Unido: 39

• Chile: 31

• China: 22

• Perú: 21

• México: 23 Acuerdos Comerciales Regionales que involucran a 78 países

Los acuerdos regionales han incorporado además disciplinas que van más allá de las contenidas en los acuerdos multilaterales.

Procedimientos de solución de diferencias

Prácticamente todos los ACR incluyen mecanismos propios de solución de controversias, generalmente mediante paneles arbitrales o tribunales ad hoc. Estos mecanismos suelen operar de forma preferencial frente al Órgano de Solución de Diferencias de la OMC.

Como consecuencia, se genera una fragmentación interpretativa del derecho comercial internacional, ya que cada panel o tribunal puede aplicar criterios distintos, lo que reduce la uniformidad en la interpretación de las normas.

Reglas de origen

Otro elemento que introduce complejidad en el comercio internacional es el régimen de reglas de origen. Cada acuerdo comercial contiene su propio capítulo sobre la materia y establece requisitos específicos para determinar cuándo un producto puede beneficiarse de las preferencias arancelarias.

Estas reglas varían significativamente entre tratados porque son el resultado de negociaciones particulares entre los países participantes, lo que genera costos administrativos y cierta incertidumbre para las empresas.

Derechos antidumping

En mercados integrados mediante zonas de libre comercio o uniones aduaneras, la utilización de medidas antidumping resulta conceptualmente cuestionable. El artículo XXIV del GATT, en su párrafo 8, establece que en dichos esquemas deben eliminarse los derechos de aduana y otras reglamentaciones comerciales restrictivas.

Dado que los derechos antidumping constituyen una medida restrictiva regulada en el artículo VI del GATT, su aplicación dentro de un mercado regional integrado debería ser excepcional. Sin embargo, en la práctica, la mayoría de los ACR incluyen capítulos sobre remedios comerciales, que permiten la aplicación de medidas antidumping y compensatorias entre socios.

Una alternativa más coherente sería sustituir estos mecanismos por disposiciones en materia de competencia económica, basadas en normas antitrust y de defensa de la competencia.

Reflexión final

La expansión de los acuerdos regionales sugiere que el multilateralismo comercial atraviesa una etapa de debilitamiento, siendo progresivamente sustituido por una compleja red de acuerdos preferenciales con distintos niveles de integración y obligaciones jurídicas.

Ante este escenario, México enfrenta un desafío estratégico. Las empresas exportadoras mexicanas deben diversificar mercados y aprovechar plenamente la red de tratados comerciales del país, reduciendo la fuerte dependencia del mercado estadounidense.

La diversificación comercial se vuelve particularmente relevante en un contexto internacional marcado por tensiones geopolíticas y políticas comerciales cada vez más impredecibles.

Ruperto Patiño Manffer

Ruperto Patiño Manffer

Doctor en Derecho. Panelista del capítulo 10 del T-MEC

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