Colaborador Invitado

Crónica de una muerte anunciada (para la democracia) …

Es importante caer en la cuenta que podemos y debemos evitar la muerte de la «democracia» mexicana.

Cuenta la novela que los hermanos Vicario advirtieron con anticipación que asesinarían a Santiago Nasar en defensa del honor familiar. Todo el pueblo lo sabía; sin embargo, aquél sobre el que había caído la sentencia no supo nada sino minutos antes de su muerte. Luego de muchos años, y preguntándose la causa de tanto silencio en torno a las circunstancias del crimen, «el Gabo» reconstruiría paso a paso los hechos que acabarían por ser su Crónica de una muerte anunciada.

Sin pretender hacer una comparación fuera de contexto, pero sí con la intención de justificar el contenido de la presente reflexión, tal y como García Márquez narró la muerte previamente anunciada de Santiago Nasar a manos de los hermanos Vicario, deseo que estas líneas, más allá de filias y de fobias, más allá de banderas partidistas o ideologías políticas, sirvan para entender uno de los conceptos más utilizados en el ámbito público y, quizá por ello, que se ha ido vaciando de contenido por su superficial utilización: me refiero al concepto de «democracia».

Desde una perspectiva teórica, se nos ha dicho que la «democracia» es aquella forma de Estado en la que el valor fundamental está representado por la dignidad de la persona humana, en el entendido de que el Estado surge como medio para potencializar al individuo y facilitar su realización efectiva en el seno de la sociedad. No hay duda de que nadie, independientemente de filias y fobias, podría estar en desacuerdo con tal idea. Sin embargo, ¿cómo concretar tal aspiración?, ¿existen mecanismos específicos para garantizar tal forma de Estado? Dicho de otra forma, ¿existen hechos o decisiones concretas a partir de los cuales podríamos relatar objetivamente la crónica de una muerte anunciada para la «democracia»?

Partamos, en primer lugar, en advertir que la «democracia» no se reduce a contar votos o a saber quién tiene mayoría. Si bien se sabe que en «democracia» las decisiones se toman por mayoría, también es cierto que ello debe realizarse con respeto a los derechos de las minorías. Cabe destacar, en segundo lugar, que la Constitución mexicana sirve de brújula ─quizá sea la única que lo haga─ para comenzar a darle contenido a ello. En el artículo 3° constitucional, al referirse al sistema educativo nacional, se menciona que tal sistema será democrático, entendiendo por «democracia» “no solamente como una estructura jurídica y un régimen político, sino como un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo.”

En pocas palabras se nos dice que en «democracia» no todo se vale; que, si en «democracia» se toman decisiones que no aspiren al mejoramiento económico, social y cultural del pueblo, a pesar de que hayan sido adoptadas por la mayoría, tales decisiones no son democráticas. Así vista, la «democracia» implica tomar buenas decisiones y, para ello, se requieren mecanismos que impulsen el diálogo y debate democrático entre las diversas posturas e ideologías que existan en un país. En suma, que haya medios concretos que incentiven dicho diálogo y debate entre las mayorías y las minorías de un régimen.

No quiero dejar de destacar que ese concepto único que de «democracia» nos regala la Constitución mexicana, fue incorporado por reforma publicada por el presidente Miguel Alemán en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 1946. ¿De dónde vino esta reforma y cuál era su intención? La iniciativa fue presentada por el presidente Manuel Ávila Camacho el 14 de diciembre de 1945, es decir, un año antes de su publicación. En la exposición de motivos, se daba cuenta del contexto nacional e internacional que habría de abatirse por medio de la educación. Esa fue la apuesta. Por ello, habría sido el escritor y académico Jaime Torres Bodet, quien como Secretario de Educación Pública del presidente Ávila Camacho, impulsara el diseño de tal iniciativa. ¿Cuáles era esos contextos?

En el ámbito nacional, se quería contrarrestar el carácter socialista que, en la presidencia de Lázaro Cárdenas, habría asumido la educación y, en el ámbito internacional de la postguerra, era fundamental combatir las “corrientes tiránicas y agresivas, como el nazifascismo [al tiempo de rescatar] el sentido universal de una democracia que haga imposible la acumulación de todo el poder […] en las manos de un dictador.” Como se advierte, la idea es clara: que la «democracia» sea de todos y, al mismo tiempo, de nadie. Volvemos ahora a una de las preguntas iniciales: ¿es posible garantizar eso a través de mecanismos constitucionales?

No hay duda. La «ingeniería constitucional» nos da cuenta de, al menos, cuatro mecanismos básicos que debemos encontrar en cualquier régimen que se precie de ser una «democracia». Veamos.

  1. Pluralidad de órganos constitucionales: lo que implica la aceptación de la teoría contemporánea de la división de poderes, a través del establecimiento de órganos constitucionales autónomos que, a la par de los tres poderes tradicionales (legislativo, ejecutivo y judicial), puedan tomar decisiones de relevancia nacional en ámbitos en los que, el fundamento de tales determinaciones, sean parámetros técnicos, no políticos.
  2. Representación proporcional en el poder legislativo: lo que implica que, aún y cuando una coalición o partido obtenga una victoria electoral en las urnas, exista representación de las diversas ideologías en el parlamento, de tal forma que, dicha mayoría no pueda por sí misma tomar las decisiones más relevantes en el sistema constitucional.
  3. Constitución rígida: lo que implica que, para reformar la Ley Suprema del país, la mayoría gobernante deba requerir de acuerdos y consensos con las minorías. Este mecanismo dependerá, directamente, de que se concrete la representación proporcional en el poder legislativo.
  4. Medios de control constitucional y procesos eficaces para solicitarlo: lo que implica que, existan en el sistema, recursos sencillos y rápidos ante los tribunales independientes, que amparen a las personas contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la Constitución.

Dicho lo anterior, cuando comienzan a desaparecer en el sistema constitucional los mecanismos antes descritos, estamos en presencia de la crónica de una muerte (para la democrática) de un Estado. En su Crónica de una muerte anunciada cuenta «el Gabo» que cuando Santiago Nasar “…supo por fin en el último instante que los hermanos Vicario lo estaban esperando para matarlo, su reacción no fue de pánico (…) sino más bien de desconcierto [por lo que] “mi impresión personal [puntualiza García Márquez] es que murió sin entender su muerte.”

De forma similar, hoy puedo decir que: (1) la desaparición ─como órganos constitucionales autónomos─ del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), de la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE), de la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH), de la Comisión Reguladora de Energía (CRE), más los que se acumulen; (2) la resolución del SUP-REC-3505-2024 por parte del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, a través de la cual se alteró la representación proporcional para conceder una sobre- representación a la coalición ganadora en la elección del 2024; (3) la configuración del poder legislativo derivado de la alteración mencionada, provocando con ello que dicha coalición electoral pueda modificar la Constitución sin consultar a ninguna minoría y; (4) la reforma al poder judicial debilitando su independencia, así como las reformas al juicio de amparo, aminorando la protección de la medida cautelar de la suspensión y restringiendo la posibilidad de acceder a este mecanismo de defensa a través del interés legítimo son, todas ellas, decisiones concretas y objetivas que permiten advertir que la «democracia» mexicana está muriendo sin entender su muerte.

En 1982, García Márquez refería que el elemento esencial que le había llevado a pensar en términos literarios el asesinato de Santiago Nasar a manos de los hermanos Vicario había sido una duda: “…los dos homicidas no querían cometer el crimen y habían hecho todo lo posible para que alguien se los impidiera, y no lo consiguieron…” Hoy, a finales del año 2025, ojalá podamos despertar y, darnos cuenta que los ‘homicidas’ no son como los hermanos Vicario, por lo que es importante caer en la cuenta que podemos y debemos evitar la muerte de la «democracia» mexicana.

¹ Biscaretti di Ruffia, Paolo, Introducción al derecho constitucional comparado, México, FCE, 1996, pp. 121 a 140.

² Proyecto de reforma al artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, enviado por el Ejecutivo de la Unión, el 14 de diciembre de 1945, vid. https://legislacion.scjn.gob.mx/Buscador/Paginas/wfProcesoLegislativoCompleto.aspx?q=b/EcoMjefuFeB6DOaNOimNPZPsNLFqe0s7fey1FqridPQmdoLaP/PLaSWW1Gt5gECh3fNV1wCWApJSN65P6bMQ==

³Sartori, Giovanni, Ingeniería constitucional comparada, México, FCE, 2016.

4 García Márquez, Gabriel, Crónica de una muerte anunciada, trad. Birte Dahlgreen, Dinamarca, Systime, 2007, p. 93.

5 Ibidem, p. 9.

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