Antonio Cuellar

Transparencia o prontitud: nuevas sesiones de la Corte

Se definen ahora, para el nuevo tribunal y sus integrantes, las reglas de conformidad con las cuales se discutirán públicamente o de manera privada los asuntos que se someten a su competencia.

El cuatro de septiembre pasado se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento de Sesiones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el que se definen ahora, para el nuevo tribunal y sus integrantes, las reglas de conformidad con las cuales se discutirán públicamente o de manera privada los asuntos que se someten a su competencia.

Destacaron algunos números que aparecen en el artículo Segundo del propio Decreto, que son estadísticas justificatorias de las nuevas reglas adoptadas por el órgano supremo del Poder Judicial de la Federación, enfocadas a resolver el importante cúmulo de casos que engrosan la lista de problemas de interpretación constitucional en los que la ciudadanía y los distintos ámbitos de poder se ven involucrados cotidianamente.

De acuerdo con el informe de labores del 2024 de la Suprema Corte de Justicia, entre el 1 de diciembre de 2023 y el 30 de noviembre de 2024, la Primera Sala resolvió 1,868 asuntos, la Segunda 2,009 y el Pleno 479. Este último lo consiguió sesionando tres días a la semana, mientras que las Salas lo hicieron sólo los miércoles.

La razón por la cual la resolución de los asuntos sometidos al Pleno fue más lenta tiene que ver, por un lado, con el número de ministros que lo integran: un problema discutido once veces ralentizaba mucho más la posibilidad de acuerdo que aquellos tratados únicamente por cinco ministros.

Otra explicación, que fue motivo directo de la modificación al Reglamento, está relacionada con la publicidad de las sesiones y la necesidad de restringir el tiempo de intervención de los ministros durante la discusión.

El hecho de que el Poder Judicial de la Federación haya transparentado su función haciendo públicas las sesiones del máximo tribunal produjo una ciudadanización de la cultura jurídica muy positiva. No obstante, la exposición constante a la crítica pública generó que las deliberaciones de los asuntos fueran considerablemente más largas que en la época en que se discutían a puerta cerrada.

Difícilmente podría darse marcha atrás en el principio de transparencia de la labor judicial, más ahora que se tutela incluso en las sesiones de los Tribunales Colegiados de Circuito, encargados de resolver los asuntos ordinarios que afectan directamente a la gente, y no cuestiones de mayor especialidad y rigor jurídico propias de la Suprema Corte de Justicia.

Con todo, debe valorarse con objetividad y mesura el posible perjuicio a la independencia judicial que la publicidad de los debates puede traer aparejada.

Como país nos interesa que la Constitución y las leyes se cumplan puntualmente, a partir de su adecuada interpretación y sin importar la existencia de factores políticos, económicos o sociales que pudieran incidir en el sentido del voto de quienes tienen la encomienda de hacerlas cumplir. Si la decisión de los ministros acaba siendo motivo de escarnio popular, carente de la justificación científica necesaria, sería conveniente en cierta medida reservar la publicidad de la deliberación constitucional.

Hoy estamos interesados en conocer la capacidad profesional de los nuevos juzgadores electos; sin embargo, más allá de evaluar sus méritos –un ejercicio necesariamente pasajero–, lo fundamental es asegurarnos de que los asuntos se resuelvan correctamente.

Aunque el registro en video de cada sesión puede conservarse para salvaguardar el buen gobierno y ponerse a disposición de cualquier interesado, la transmisión pública en vivo no sólo hace más tardadas las sesiones, sino que también pone en entredicho a quienes participan en ellas.

Fuera de lo anterior, otro tema que las estadísticas revelan es el siguiente:

Si de acuerdo con el informe mencionado, la Suprema Corte de Justicia atendió un total de 4,356 asuntos en un año, eso significa que cada ministro atendió en su ponencia un promedio de 396 asuntos (cuando el Pleno lo conformaban once ministros; hoy ese número aumentaría a 484). Si dividimos esa cifra entre las 48 semanas laborables del año, cada ministro debía someter a estudio un promedio de 8.25 asuntos y debatir en 90.75 asuntos semanales.

Si cada proyecto tuviera un promedio de 100 páginas, entonces ello implicaría que los ministros y sus equipos debían procesar un total aproximado de 9,075 páginas por semana.

A pesar de que todos los ministros han aceptado la disminución de su sueldo en sintonía con lo propuesto por el nuevo Presidente de la Suprema Corte de Justicia, debe reconocerse que la medida resulta ilógica y contraproducente. La carga de trabajo que se les exigirá, ahora que no existirán las Salas y todo se resolverá por el Pleno, es descomunal y extenuante.

Con menos tiempo y recursos para atender una carga de trabajo tan exigente, no debería sorprendernos que en lo sucesivo descubramos menor calidad jurídica en los resultados entregados por los ministros y sus equipos. Y llevado esto a otros terrenos, tampoco sorprendería que el agotamiento y la falta de recursos provoquen un detrimento en los controles de corrupción al interior del Poder Judicial de la Federación. Debe valorarse el pago justo del esfuerzo de los ministros, y debe evaluarse la mejor manera para calificar su trabajo sin afectar la independencia judicial.

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