Marco Pérez

Marco Pérez: ¿Qué funciones ejerce el Gobernador del Banco de México?

De acuerdo a la propia Ley del Banco de México, en su Capítulo VI, referente al Gobierno y Vigilancia, se establece de manera clara, los ámbitos de las funciones y las atribuciones que le competen.

A raíz del anuncio del Presidente Andrés Manuel López Obrador, de enviar al Senado de la República, para su ratificación, el nombramiento de la actual subsecretaria de egresos de la SHCP, Victoria Rodríguez Ceja, como integrante de la Junta de Gobierno, para que ocupe el puesto de Gobernadora del Banco, se han suscitado una serie de comentarios en el sentido de que este nombramiento atenta contra la independencia y la autonomía del Banco, por el hecho de que tiene una trayectoria de cercanía con el Presidente, y suponen se mantendría una relación de subordinación.

Estos comentarios pretenden hacer creer, que el Gobernador tiene el control total de las funciones y atribuciones de la institución, lo cual es totalmente erróneo.

De acuerdo a la propia Ley del Banco de México, en su Capítulo VI, referente al Gobierno y Vigilancia, se establece de manera clara, los ámbitos de las funciones y las atribuciones que le competen, tanto al Gobernador en turno, como a la Junta de Gobierno.

En particular, en el artículo 46, se detallan y enumeran, en 21 incisos, las facultades que le competen a la junta de gobierno, y se concluye que todas las decisiones de política monetaria y el manejo de las reservas, incluso el nombramiento de los primeros tres niveles de funcionarios en el banco, son atribuciones que le competen a la junta de gobierno, y no al Gobernador en turno.

Estando integrada la junta de gobierno por 5 miembros, (4 subgobernadores y el Gobernador), no tiene sentido argumentar que pueda estar en riesgo la autonomía y la independencia del banco, por el solo cambio de Gobernador, que tiene uno de cinco votos en la junta de gobierno, que es la que toma las decisiones.

Incluso, que el Gobernador tenga voto de calidad, no le representa ninguna ventaja, si la junta de gobierno está integrada por 5 miembros, donde la posibilidad de empate no se puede generar.

De manera particular, las facultades del Gobernador del banco se detallan en al artículo 47, donde se pone de manifiesto que su principal función es la de ejecutar los acuerdos de la junta de gobierno y de la comisión de cambios, la cual la preside la Secretaria de Hacienda.

Al Gobernador también se le confiere la facultad de administrar el banco, y de representarlo legalmente, pero en las decisiones de política monetaria y cambiaria, participa con un solo voto.

En resumen, son infundados los temores y las preocupaciones de que con esta designación, se ponga en peligro la autonomía e independencia del banco, y que las decisiones de la política monetaria vayan a ser tomadas por el poder ejecutivo federal.

La solvencia y probada capacidad de los actuales sub gobernadores, son un sólido argumento para garantizar que el funcionamiento del banco va a seguir como hasta ahora, pues con sus cuatro votos, seguirán marcando el rumbo de las decisiones de la política monetaria en el País.

Marco Pérez

Marco Pérez

Economista especialista en finanzas públicas, Socio Director de Econometría Aplicada SC, Conferencista y Catedrático a nivel doctorado.

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