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Yasmín Esquivel: Frenan análisis de amparo que evitaba que la UNAM revisiara su tesis

Después de que una jueza suspendiera el amparo promovido por la ministra Yasmín Esquivel, un Tribunal Colegiado en Materia Administrativa deberá de analizar el caso del plagio.

Esquivel Mossa ha negado haber cometido el presunto plagio de su tesis. (Cuartoscuro)

Sandra de Jesús Zuñiga, titular del Juzgado Quinto de Distrito en materia Administrativa, suspendió el análisis del amparo presentado por Yasmín Esquivel, con el que busca evitar que la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) revise el plagio de su tesis.

Asimismo, la juzgadora ordenó dejar sin efecto la audiencia constitucional que estaba programada para el próximo 31 de marzo. En esta, de Jesús Zúliga debería de haber definido si concedía o negaba el amparo a la ministra.

Esta decisión fue tomada después de que la casa de estudios presentara una queja en contra de la decisión de la juzgadora para darle entrada al procedimiento, por lo que ahora un Tribunal Colegiado en Materia Administrativa deberá de analizar el caso.

Dentro de su resolución, la jueza expuso que este reclamo fue presentado por el rector de la UNAM, Enrique Graue, así como integrantes del Comité Universitario de Ética, así como miembros de la Facultad de Estudios Superiores (FES) Aragón.


Al presentar su queja el 27 de febrero pasado, la UNAM sostuvo que esta acción promovida por la ministra era notoriamente improcedente, por lo que de Jesús la debió haber desechado desde un inicio.

Esta decisión no afecta la suspensión definitiva que otorgó la juzgadora el pasado primero de marzo, por lo que la UNAM sigue impedida para emitir una resolución sobre el análisis del plagio de la tesis de licenciatura de la ministra.

Esquivel Mossa tramitó el amparo 202/2023, con el que reclamó el acuerdo por el que se conformaron los Comités de Ética de UNAM en el 2019.

La ministra solicitó esta medida en contra del acuerdo con base en los artículos 14 y 16 constitucionales.


El artículo 14 establece que la ley no puede ser retroactiva, es decir, que una persona no puede ser juzgada por un tribunal que no estaba establecido antes de que cometiera el acto por el que está siendo señalada.

Mientras que el artículo 16 señala que nadie puede ser molestado sin un mandamiento escrito emitido por una autoridad competente.

La ministra tuvo que acudir a este recurso judicial después de que en diciembre pasado se diera a conocer que Esquivel Mossa en 1987, para obtener su licenciatura, presentó prácticamente igual su tesis al del alumno Edgar Ulises Báez Gutiérrez en 1986.

Esquivel Mossa ha negado haber cometido el presunto plagio en diferentes ocasiones, e incluso insinuó que estos ataques se llevaban a cabo en su contra por “poderes fácticos” que buscaron afectarla en su intención de buscar la presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

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