Monterrey

‘Electrocutará’ Ley Eléctrica a 375 empresas generadoras

Los recientes cambios en materia eléctrica impactarán de manera más directa a las empresas con permisos de autoabasto y a los Productores Independientes de Energía.

Aunque todos los participantes del mercado verían cambios a raíz de la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), los generadores se enfrentarían a los cambios más drásticos ya que muchas de las disposiciones incluidas en la reforma impactan directamente a su operación, de acuerdo con Zumma Energy Consulting, una empresa de consultoría con más de 10 años de experiencia en el sector eléctrico de México.

En un reporte publicado recientemente, Zumma Energy Consulting menciona que actualmente existen más de 913 permisionarios de generación operando en el mercado, de los cuales 376 recibieron permisos bajo la LIE.

De estos, sólo 158 corresponden a la Comisión Federal de Electricidad (CFE). Los permisionarios bajo la LIE restantes, incluidos los proyectos de subastas a largo plazo, representan el 64 por ciento o 60 mil 950 MW de la capacidad autorizada en operación.

Por otra parte, hay 342 generadores de autoabasto y 33 PIE’s (Productores Independientes de Energía) que representan el 11 y 18 por ciento de la matriz de generación de México, respectivamente. Todos estos tipos de generadores se verán afectados por la posible reforma a la LIE.

En el país, empresas como Bimbo, Heineken, SuKarne, Nestlé, Ford, Grupo Carso, Ternium, Alfa, Liverpool, Femsa, Naturgy (su división de generación de electricidad), Continental, Bio Papel, Hershey’s, Bridgestone e Iberdrola son algunas de las firmas nacionales y extranjeras que cuentan con este tipo de permisos, de acuerdo con expertos.

Uno de los principales cambios incluido en la reforma es la modificación a la orden de mérito, que determina el despacho de energía de las centrales eléctricas.

Actualmente, este orden depende de los costos marginales de la energía pero, si la reforma entra en vigor, será determinado considerando los costos unitarios totales de producción y se dará prioridad a los contratos entre CFE Suministrador de Servicios Básicos (CFE SSB) y CFE Generación.

Lo anterior, podría obstaculizar el despacho de centrales privadas, incluyendo proyectos renovables.

Por otro lado, la eliminación de la obligación de la CFE SSB de obtener energía a través de subastas eléctricas afecta la competencia en el mercado y desincentiva el desarrollo de nuevos proyectos de generación de energía, posiblemente más limpios y eficientes, menciona el reporte.

Otra modificación relevante es que los Certificados de Energía Limpia (CEL) se otorgarían independientemente de la fecha de inicio de operaciones comerciales de las centrales eléctricas limpias. Por lo tanto, los generadores renovables podrían perder una fuente importante de ingresos si los CEL de las plantas de CFE saturan el mercado, disminuyendo su valor.

Además, el otorgamiento de permisos para todos los participantes en el mercado debe coincidir con la planificación del Sistema Eléctrico Nacional (SEN) de la Secretaría de Energía (SENER), lo cual podría detener el otorgamiento de permisos para generadores privados.

Contratos

La reforma de LIE establece que la CRE podrá revocar los permisos de autoabasto legados que considere “en fraude a la ley” y revisar los contratos PIEs para garantizar que “cumplan con el requisito de rentabilidad del Gobierno Federal”.

En concreto, una renegociación de los contratos existentes podría resultar en términos menos ventajosos para los generadores privados, o incluso en la terminación anticipada de los contratos.

La mayoría de los contratos PIE en operación vencerán antes de 2036, quedando aproximadamente 12 de 33 después de 2024. Esto significa que, independientemente del énfasis que la reforma pone en los proyectos bajo esta modalidad, no habrían podido permanecer operando por mucho más tiempo.

Por otro lado, la reforma también pone a los socios consumidores, que reciben su energía a través contratos de autoabasto, en riesgo de perder su suministro energético. Esto podría afectar negativamente a más de 3000 empresas de algunas de las industrias más grandes de México, incluidas la automotriz, metalúrgica, alimentos y bebidas y plásticos.

Conclusión

Pese a que la suspensión de la reforma ya ha sido publicada en el Diario Oficial de la Federación, se debe prestar atención a la respuesta judicial de las instituciones gubernamentales, como la Sener, ante los distintos procesos judiciales interpuestos.

Además, será importante dar seguimiento a las sentencias de los tribunales federales sobre estos juicios y las decisiones de la Corte Suprema (SCJN). Aún queda mucho por ver en los próximos meses, los procesos de amparo aún no concluyen.

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