CDMX

CDMX: Estos son los casos en los que se amplía el periodo de verificación vehicular

La ampliación aplica únicamente para unidades rechazadas en la última semana del periodo regular correspondiente a su engomado.

La ampliación de 15 días naturales sobre el periodo para realizar la verificación vehicular en la Ciudad de México por engomado aplica únicamente para unidades que hayan sido rechazadas en el periodo regular, así como para las que tengan adeudos por sanciones cívicas y multas pagadas que no estén registradas.

De acuerdo con la Secretaría de Medio Ambiente de la Ciudad de México (Sedema), las medidas por las que se podrá verificar en el periodo extraordinario únicamente funcionan para unidades que fueron rechazadas en la última semana el periodo regular.

Cabe señalar que, en caso de que pasen los 15 días de ampliación y no se haya podido realizar la verificación por rechazo del vehículo o por registrar adeudos por multas, se deberá pagar la multa por verificación extemporánea, misma que podrá tener una multa del 50 por ciento.

Estos son los casos donde aplican los 15 días extra para realizar la verificación vehicular

Unidades rechazadas

Las unidades que fueron rechazadas en la última semana del periodo correspondiente a su engomado podrán solicitar su rechazo, mismo que les dará la posibilidad de realizar nuevamente la verificación y con la obligación de cumplir los elementos establecidos en el Programa de Verificación Vehicular Obligatoria (PVVO).

Unidades con adeudos de infracciones cuyo pago no se refleja

Para la verificación de vehículos que fueron rechazados en el periodo regular porque registraron adeudos de infracciones, el gobierno capitalino abre la posibilidad de acreditarlos con un documento en el periodo adicional de 15 días.

“Se evaluará que los pagos realizados cubran la totalidad de infracciones y, de cumplirse con estas condiciones, le sellarán la consulta de adeudos y colocarán una leyenda que indique: ‘El ciudadano mostró documentos que acreditan el pago de estas infracciones, la autenticidad de estos y resolver ante la SAF la acreditación de los mismos, es responsabilidad del ciudadano’”, establece la determinación de la Semar.

Unidades con adeudos de sanciones cívicas

Las unidades que registren deudas por sanciones cívicas tendrán este periodo para cumplirlas. Estas deudas deben ser notificadas por el verificentro donde se haya intentado realizar la verificación.

En caso de que las sanciones correspondan a cursos en línea, estas podrán ser saldadas en el mismo verificentro y se podrá hacer la verificación ese mismo día.

Las sanciones deberán ser cubiertas en los 15 días extras para realizar la verificación, de lo contrario deberán pagar multa.

Todas las unidades deberán ser verificadas en el mismo centro donde anteriormente se llevó a cabo el rechazo por adeudos, registros de multa e incumplimiento de los elementos del PVVO.

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