Política

Ley de Amparo genera debate entre diputados


 
Édgar Amigón


La Cámara de Diputados aprobó, en lo general y particular, la minuta que expide la nueva Ley de Amparo que, de acuerdos con los diputados de varios partidos, permitirá consolidar esta figura como un instrumento accesible al mayor número de personas, es sencillo, eficaz y primordialmente garante de los derechos humanos.
 
En el documento devuelto al Senado de la República para sus efectos constitucionales se aceptó la reserva impulsada por el diputado panista Luis Alberto Villarreal García, al artículo 129 en su fracción primera.
 
De esta manera, se considerará que se siguen perjuicios al interés social o contravienen disposiciones de orden público, cuando de concederse la suspensión, continúen el funcionamiento de los centros de vicio o de lenocinio, así como los establecimientos de juegos de apuestas o sorteos.
 
En el marco del debate, la presidenta de la Comisión de Justicia, diputada priista Claudia Delgadillo González, destacó que el juicio de amparo seguirá como el principal instrumento de defensa de los derechos que tienen las personas para protegerse contra los actos de las autoridades.
 
Esta nueva Ley de Amparo, moderniza y adecua el juicio a los tiempos actuales para que la tramitación sea ágil, oportuna y fortalezca el interés público y la transparencia, agregó.
 
Uno de los artículos más controversia causaron fue el 129, la cual dice que los sectores que tienen la concesión sobre un dominio directo de la Nación, como telecomunicaciones, minas o energéticos, estarán imposibilitados para obtener una suspensión en un juicio de amparo.
 
Es decir, si una persona o empresa se ampara ante un acto de autoridad, ahora el fallo de dicha autoridad no se suspenderá en tanto siga su curso el proceso legal.
 
Son las fracciones XI y XIII del artículo 129 los dos puntos que presentan un mayor debate.
 
La fracción XI dice a la letra que "se impidan o interrumpan los procedimientos relativos a la intervención, revocación, liquidación o quiebra de entidades financieras, y demás actos que sean impostergables, siempre en protección del publico ahorrador para salvaguardar el sistema de pagos o su estabilidad.
 
En la fracción XIII se estipula que se negará la suspensión cuando "se impida u obstaculice al Estado la utilización, aprovechamiento o explotación de los bienes de dominio directo referidos en el artículo 27 de la Constitución.
 
"El órgano jurisdicción de amparo excepcionalmente podrá conceder la suspensión, aún cuando se trate de los casos previstos en este artículo, si a su juicio con la negativa de la medida suspensional pueda causarse mayores afectaciones al interés social", de acuerdo con la minuta.
 
Delgadillo González dijo que en beneficio de los gobernados se elimina el sobreseimiento por inactividad procesal y caducidad de la instancia, y se hace más expedito y claro el procedimiento para el cumplimiento de ejecutorias de amparo.
 
Se incluye la prevención para que el Procurador General de la República pueda solicitar a la SCJN que ejerza la facultad de atracción en los casos que por su interés nacional así lo ameriten; se incorpora la procedencia del juicio de amparo por violaciones a un interés legítimo, aduciendo una afectación real y actual con motivo de la norma general al acto u omisión de la autoridad, puntualizó.
 
Por el grupo parlamentario del PRI, la diputada Cristina González Cruz señaló que la Ley de Amparo incorpora nuevas tecnologías informáticas para la imposición del juicio y los recursos; es más ágil porque establece nuevos plazos y maneras en las que los juzgadores deben proceder; más transparente porque, de la mano de la modernización, la publicidad de las actuaciones de los juzgados, así como sus resoluciones y sentencias, serán de fácil acceso y de forma casi instantánea.
 
Con esta ley, afirmó, se garantiza la ampliación de los derechos humanos de todas las mexicanas y los mexicanos; se fortalece el rol constitucionalmente previsto para las víctimas al reconocer sus derechos para intervenir y participar en los procesos que les afecten; se reduce la discrecionalidad de los juzgados y de los juzgadores, dotando de certeza jurídica de los derechos fundamentales, y se evita el desgaste institucional del Poder Judicial.
 
El diputado panista José Arturo Salinas Garza expresó que esta nueva ley amplía la protección de los ciudadanos frente a la autoridad, agiliza la tramitación, garantiza el acceso democrático a la justicia y beneficia a los ciudadanos que no pueden pagar un abogado al ampliar de manera universal una resolución que declara inconstitucional una norma.

Con el nuevo ordenamiento, precisó, se moderniza a las instituciones del país al permitir la tramitación electrónica del juicio de amparo y la digitalización de todos los expedientes para otorgar mayor transparencia y prontitud en el acceso a la justicia, y se le quita a los delincuentes la posibilidad de defenderse contra el Estado, pues no podrán tener suspensiones cuando el Estado vaya en contra de sus bienes.

El diputado perredista Alejandro Carbajal González consideró que la nueva Ley de Amparo introduce limitaciones a la posible arbitrariedad gubernamental en contra de los particulares, como son el respeto y la promoción de los derechos humanos y la inclusión de las llamadas acciones colectivas, lo que representa una posición de vanguardia del Congreso Mexicano.
Señaló que con ello se contribuirá a que México cuente con leyes de avanzada. "Estamos en una época en donde el respeto a los derechos humanos han alcanzado el más alto rango en escala de valores y esta nueva ley cumple ese requisito".

El diputado del Verde Ecologista Antonio Cuéllar Steffan mencionó que esta nueva Ley de Amparo no estará a la par de los derechos humanos, por lo que, afirmó, se deberá discutir próximamente reformas a esta o bien al artículo 1º de la Constitución.

"Es de vital importancia que los jueces tengan los instrumentos legales que les permitan interceder para la conservación de las garantías de todos los mexicanos. La ausencia de normas adecuadas ha dado lugar a desechar amparos".

El diputado del Movimiento Ciudadano Ricardo Monreal Ávila se manifestó en contra por considerar que "el amparo no sería amparo sin suspensión, porque ésta se otorga para garantizar que los daños no sean irreparables y que el particular pueda acudir a la justicia por un abuso de la autoridad. Si le quitan la suspensión le quitan la esencia al amparo y lo desnaturalizan".

Cuestionó que a pesar de que hay avances considerables en el dictamen, se suprimen diversas figuras jurídicas, por lo que calificó como grave que no se haya dado pie al enriquecimiento del proyecto a través de foros, seminarios y opiniones de expertos que apuntalen el contenido de la reforma.

La diputada del PT Lilia Aguilar Gil señaló que se modernizan los juicios de amparo, ya que se crea la figura del amparo prioritario en casos de urgencia atendiendo el orden público a petición de las Cámaras o del Ejecutivo Federal.

"Es importante decir que muchos de los actos de autoridad no se hacen por funcionarios públicos, sino por particulares a los que el Estado les ha dado la facultad", agregó.

También lee: