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SCJN invalida artículo que reducía tiempo de residencia para aspirar a gubernatura de Oaxaca

El pleno de la SCJN invalidó artículo 68, fracción I, de la Constitución de Oaxaca con el que se reducía de 5 a 3 años, la residencia para los aspirantes a la gubernatura de la entidad; los ministros argumentaron que se contrapone a la Constitución.

CIUDAD DE MÉXICO. Por unanimidad, el pleno de ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó la reciente reforma al artículo 68, fracción I, de la Constitución de Oaxaca, que redujo de cinco a tres los años de residencia exigida a quien aspire a la gubernatura del estado.

Con ello se cerró la posibilidad para que Alejandro Murat Hinojosa, hijo del exgobernador de la entidad José Murat Casab, pueda registrar su candidatura al proceso electoral de 2016, que inicia en siete días.

Murat Hinojosa, actualmente director del Infonavit, ha sido mencionado como uno de los candidatos más firmes a la gubernatura de Oaxaca por parte del Partido Revolucionario Institucional (PRI).

A propuesta del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, el pleno de la SCJN estimó que la citada reforma está en clara contradicción a los requisitos plasmados en el artículo 116, fracción II de la Constitución Federal.

Dicho artículo de la Constitución establece como mínimo cinco años de residencia en una entidad a quien aspire a gobernar la misma.

"Solo podrá ser gobernador Constitucional de un Estado un ciudadano mexicano por nacimiento y nativo de él, con residencia efectiva no menor de cinco años inmediatamente anteriores al día de la elección", señala la Constitución.

Por ello decretaron invalidar la citada porción normativa relativa a los requisitos de residencia y nacionalidad que exige la Constitución oaxaqueña para quien aspira a ser el del Ejecutivo de esa entidad.

En tanto, al calificar como "especialmente graves" las irregularidades y la falta de apego al proceso legislativo que se siguió para la aprobación de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales de Oaxaca, los ministros determinaron invalidar, por unanimidad, el decreto por el que fue expedida dicha ley.

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