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SCJN exonera a 11 policías sentenciados por caso News Divine

La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación exoneró a 11 policías del Distrito Federal que habían sido sentenciados a diversas penas por el delito de homicidio culposo, por el caso News Divine.

CIUDAD DE MÉXICO.- La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) exoneró a 11 policías del Distrito Federal que habían sido sentenciados a diversas penas por el delito de homicidio culposo, por el caso News Divine, ocurrido en junio de 2008, que derivó en la muerta de 12 personas.

Por mayoría de cuatro votos a uno, los ministros estimaron que el trágico resultado derivado del operativo no podía ser imputado a los policías que se encontraban fuera del establecimiento formando un muro de contención, por lo que determinó otorgar el amparo liso y llano a los quejosos.

Al avalar la propuesta del ministro Arturo Zaldívar de otorgar el amparo lIso y llano, los ministros advirtieron que la muerte de 12 personas, así como las lesiones provocadas a por lo menos otras siete personas, "se debió a que muchos de los jóvenes que se encontraban dentro del establecimiento se comenzaron a acumular en un pequeño túnel aledaño a la puerta principal y permanecieron ahí atrapados durante aproximadamente 10 minutos".

Dijeron que contrario a lo señalado por el juez que sentenció a los uniformados y al juez de amparo, la acumulación de personas no fue provocada por los policías que se encontraban fuera del establecimiento, sino a tres factores:

1) El cierre de la puerta por donde salían los jóvenes durante las primeras etapas del operativo, a causa de ciertos disturbios que tuvieron lugar al exterior del establecimiento.

2) La presión sobre los jóvenes para que abandonaran el lugar, ejercida por los policías que se encontraban dentro del establecimiento

3) La decisión de apagar las luces y el aire acondicionado del lugar, lo que ocasionó una falta de aire y generó un ambiente sofocante.

"En este contexto, derivado de la presión ejercida por los jóvenes atrapados, una de las puertas del lugar se venció y provocó que algunas de las personas más cercanas a la entrada fueran proyectadas hacia el exterior y cayeran al suelo, siendo pisoteadas por una multitud de personas que salía intempestivamente del establecimiento; razón por la que varios elementos de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal conformaron una contención humana en torno a esta sección de la puerta, la cual se mantuvo por un lapso de aproximadamente 3 minutos, con el objetivo de controlar la salida de los jóvenes para evitar que se causaran daños a las personas que se encontraban en el suelo", dijeron.

El único ministro que votó en contra fue José Ramón Cossio,  quien advirtió que no se respetó el derecho de las víctimas a conocer la verdad pues se dio por un hecho la reconstrucción de los hechos sin verificar que ésta hubiera sido verdad.

Además de que consideró que los policías actuaron con "culpa consciente", sin medir las consecuencias del bloqueo que realizaron en la entrada del antro, por lo que consideró que sí son penalmente responsables de los hechos que les imputan.

Al final la votación fue cuatro a uno por amparar a los policías y exonerarlos de las penas que se les impuso dado que el actuar de esos policías no fue lo que generó la muerte de los jóvenes.

"Su actuación se encuadró en el cumplimiento de un deber de cuidado, sin que fuera previsible para ellos lo que sucedía dentro y sin que tuvieran la obligación de preverlo en atención a un principio de confianza".

Recordaron que aún se encuentran pendientes de resolver diversos juicios de amparo de otras personas involucradas en los hechos, sobre cuya responsabilidad no se pronunciaron en esta sentencia, como tampoco lo hicieron sobre la legalidad del operativo el cual será motivo de análisis en asuntos posteriores.

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