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SCJN avala periodo de dos años para próximo gobernador de Veracruz

Por unanimidad de 11 votos la SCJN avaló la reforma a la legislación electoral de Veracruz, que prevé la reducción a dos años del mandato constitucional del Gobernador. 

CIUDAD DE MÉXICO.- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó la reforma a la legislación electoral de Veracruz, que prevé la reducción a dos años del mandato constitucional del Gobernador de la entidad que será electo en 2016 y con ello homologar en el proceso de 2018 la elección de Gobernador y Presidente de la República.

Al resolver, por unanimidad de 11 votos la acción de inconstitucionalidad 13/2015, los ministros refrendaron los criterio sostenido al resolver las acciones de inconstitucionalidad 2/2002 y 39/2006, relativas a la legislación electoral de los Estados de Aguascalientes y Michoacán, respectivamente.

Explicaron que esta medida está ordenada en la reforma constitucional de 2007, por lo que debe acatarse.

Por ello, el periodo constitucional del Gobernador habrá de reducirse a dos años, sólo por lo que respecta al que habrá de elegirse el 5 de junio de 2016, con el objetivo de que en el año 2018 se celebren nuevas elecciones, esta vez concurrentes con las federales, de las que habrá de resultar un mandatario estatal que deberá ejercer su mandato por un periodo de seis años.

Aunado a lo anterior, el Pleno validó el que la señalada reforma se hubiere hecho en un solo periodo legislativo y no en dos, mediante la aplicación de la excepción prevista en el artículo 84 de la Constitución del Estado de Veracruz, aplicable cuando se busque adecuar la legislación local a los mandatos de la Constitución Federal.

La acción de inconstitucionalidad fue promovida por el Partido Político Movimiento Ciudadano, el cual demandó la invalidez del Decreto número 536 que reformó y derogó diversas disposiciones de la Constitución Política de aquella entidad federativa, publicado en la Gaceta Oficial del Gobierno del Estado, el 9 de enero 2015.

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