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Elba Esther Gordillo logra amparo para buscar prisión domiciliaria

La exlíder del SNTE obtuvo un amparo para reponer el proceso por el cual se le negó la prisión domiciliaria, pues el magistrado consideró que se interpretó y aplicó incorrectamente el Código Penal Federal.

CIUDAD DE MÉXICO.- El Tercer Tribunal Unitario en Materia Penal del Primer Circuito concedió a Elba Esther Gordillo un amparo cuyo efecto único será reponer parte del procedimiento por el cual se le negó el beneficio de la prisión domiciliaria.

Al resolver el juicio de amparo 48/2015, el titular del citado tribunal dijo que será el magistrado del Primer Tribunal Unitario en Materia Penal del Primer Circuito quien deberá resolver "con libertad de criterio" la apelación que promovió Gordillo contra la negativa de otorgarle la prisión preventiva domiciliaria, "pero ahora purgando vicios de motivación y fundamentación", de acuerdo con un comunicado del Consejo de la Judicatura.

Y es que consideró que el Primer Tribunal Unitario, al resolver el recurso de apelación, interpretó y aplicó incorrectamente el artículo 55 del Código Penal Federal, que prevé los requisitos legales para el beneficio mencionado.

A criterio del Tercer Tribunal Unitario en Materia Penal del Primer Circuito se inobservó el principio "pro persona" como criterio de interpretación de derechos humanos, en relación con las consideraciones especiales que, conforme al marco jurídico nacional e internacional, los adultos mayores deben recibir de las autoridades que administran justicia.

"Es importante precisar que el amparo otorgado no conduce en automático a autorizar la prisión preventiva domiciliaria solicitada por la defensa jurídica de la quejosa, sino únicamente establece la interpretación que se debe dar a la normatividad que dispone los requisitos legales para el otorgamiento de la medida", aclaró el Consejo de la Judicatura Federal en el texto.

Explicó que una vez que cause ejecutoria la sentencia, bajo esa nueva interpretación, corresponderá al Primer Tribunal Unitario en Materia Penal del Primer Circuito, resolver en definitiva sobre la prisión preventiva domiciliaria de Gordillo Morales.

Agregó que el Agente del Ministerio Público de la Federación, dentro del término de 10 días, tiene la oportunidad de impugnar esta sentencia ante un Tribunal Colegiado de Circuito, en caso de inconformidad.

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