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Cómo tramitar tu ‘amparo’ contra el Hoy No Circula ampliado

Si quieres que tu auto circule todos los días, éstos son los pasos que debes seguir para tramitar la suspensión al programa Hoy No Circula ampliado.

El notario público Victoriano José Gutiérrez Vales y el profesor de la UNAM José Leonel Andrade Alarcón se convirtieron este miércoles en los primeros en recibir la suspensión a la aplicación emergente del programa Hoy No Circula.

Si tú también quieres que tu auto circule todos los días desde este mes hasta el 30 de junio, esto es lo que debes hacer:

Primero tienes que acreditar la propiedad del vehículo presentando la factura, el vehículo debe de tener placas de los estados que conforman la Megalópolis, de igual forma tu domicilio debe ubicarse en la región.

Además debes estar al día con el pago de la tenencia y con la verificación semestral del auto.

Después te puedes acercar con un abogado para que te ayude con el procedimiento administrativo. Éstos te pueden llegar a cobrar desde mil 500 hasta 10 mil pesos, aunque depende mucho del despacho y la cantidad de gente que el abogado pueda atender para el asunto.

Alonso Herrera, abogado en derecho administrativo, explicó que cuando se trata de actos administrativos como en este caso, lo que la ley prevé es el amparo indirecto. Se llama indirecto porque tiene dos instancias: una ante el Juez de Distrito, y en contra de la resolución que emita éste se puede hacer valer un recurso de revisión que se tramita ante un Tribunal Colegiado.

Plazo 
Hasta este jueves, han transcurrido 7 días hábiles desde la publicación de la medida en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el pasado 6 de abril.

El juicio de amparo se debe tramitar en un periodo máximo de 30 días hábiles conforme a la ley a partir de la entrada en vigor de la norma y se debe presentar por escrito ante el Juez de Distrito junto con los requisitos mencionados solicitando la suspensión del acto reclamado.

Seguido a la presentación de la demanda de amparo, el Juez de Distrito debe resolver la admisión de la demanda, señaló Herrera. En esta misma resolución inicial, el Juez tendría que determinar si otorga la suspensión provisional del acto reclamado; de otorgarla, señala una fecha de audiencia constitucional. Con esto podrías circular diariamente con libertad hasta la fecha de la audiencia.

"Por lo regular la audiencia constitucional tardaría en realizarse entre una semana a dos semanas y media, pero por tratarse de un asunto importante, el Juez podría fijar la audiencia constitucional en unos 4 o 5 días más o menos", dijo Herrera.

En la audiencia, el Juez valora las pruebas que las partes presenten y la autoridad determina si concede o no la suspensión definitiva; de concederse, el amparo tendría vigencia desde este momento hasta que se dicte la sentencia del juicio, indicó Herrera.

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