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Aseguradoras pagarán daños causados por los vientos en el país

La AMIS informó que todas las afectaciones económicas ocasionadas por los vientos presentados en los últimos días en diversos puntos del país, están amparadas por las coberturas de Incendio y/o Riesgo Hidrometeorológico.

Las afectaciones económicas generadas por los fuertes vientos de los últimos días en diversas entidades del país, están amparadas en las coberturas de Incendio y/o Riesgos Hidrometeorológicos para casa-habitación, de acuerdo con la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS).

En los casos de automóviles, las pólizas que cubran Daños Materiales y/o Robo Total del Vehículo indemnizarán estos daños, detalló la AMIS.

"Las compañías de seguros están listas para recibir e indemnizar a los asegurados y terceros afectados tras los fuertes vientos que se suscitaron en México, provocados por la décimo primera tormenta invernal y los frentes fríos número 45 y 46", declaró Recaredo Arias, director general de AMIS.


El directivo señaló que, respecto a los automóviles las coberturas que amparan ante estas consecuencias son Daños Materiales y/o Robo Total del Vehículo.

La primera cubre ante incendio, rayo, explosión, terremoto, riesgos hidrometeorológicos (como ciclón, huracán, alud, derrumbe, granizo, inundación), caída de objetos, construcciones, estructuras, árboles, ramas, entre otros.

En el caso de la segunda, "si el asegurado no tiene en su póliza la cobertura de Daños Materiales pero sí la de Robo Total, los daños ocasionados por los riesgos anteriormente mencionados también quedan cubiertos. Esto quiere decir que aplicarán las condiciones de la cobertura de robo total, en las cuales el deducible puede ser mayor", explicó Luis Álvarez director de daños de la Asociación.

Los daños de casa-habitación, empresas, comercio e industria, causados a bienes propios por caída de objetos, es decir, árboles, antenas parabólicas, antenas de radio y anuncios, están protegidos cuando se tiene contratada la cobertura de incendio.

Es importante recalcar que, estas consecuencias también están amparadas cuando se cuenta con la póliza para Riesgos Hidrometeorológicos, ya que incluye la indemnización por vientos tempestuosos, que son aquellos que alcanzan los 62 kilómetros por hora.

Cabe resaltar que las consecuencias generadas a bienes de terceros (Responsabilidad Civil) por la caída de objetos como anuncios o bardas, también son amparadas por una póliza cuando hay responsabilidad atribuible al propietario del bien.

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