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¿Inviertes en el extranjero? Tienes que hablarlo con el SAT

El programa de repatriación de capitales podría ser la última llamada para que te regularices en el pago de impuestos sobre inversiones en el extranjero no declaradas.

El programa de repatriación de capitales podría ser la última llamada para que te regularices en el pago de impuestos sobre inversiones en el extranjero no declaradas.

Conoce algunas opciones de inversión suscritas al esquema que fue ampliado hasta el próximo 19 de octubre.

El planteamiento de la autoridad fiscal es pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) de los ingresos generados por las inversiones mantenidas en el extranjero, dentro de los 15 días siguientes a la fecha en que se retornen al país a una tasa de ocho por ciento, en lugar de hasta el 35 por ciento que una persona física pagaría bajo condiciones normales.

También permite acreditar el ISR que se haya pagado en el extranjero.
Una forma de incrementar estos recursos traídos del exterior, aprovechando ventajas fiscales y como herramienta de planificación patrimonial, es mediante un seguro de vida que te permite ahorrar para el retiro, dijo Rodrigo Iñíguez, director comercial del segmento Wealth Management de Old Mutual México.

A partir de 15 millones de pesos puedes adquirir una póliza.

"Este tipo de herramientas optimizan y dan mayores rendimientos al inversionista a través de beneficios como el control de riesgos por ser un seguro con componente de inversión, además de otorgar la confidencialidad de sus activos y brindar optimización fiscal, ya que si se cumple con el mínimo de estadía que marca la Ley, no se pagan impuestos sobre ganancias ni sobre inversión en instrumentos de deuda", explicó.

En México las inversiones de largo plazo en títulos de renta fija como Cetes o bonos de deuda de empresas o gobiernos, pagan ISR de 0.58 por ciento de la inversión y las de acciones de la Bolsa pagan un impuesto de 10 por ciento sobre la ganancia de capital, más 35 por ciento de los dividendos recibidos.

"Lo primero es comprar una póliza de seguro y para tener el beneficio fiscal hay dos requisitos: que la póliza esté vigente por cinco años y el inversionista debe tener más de 60 años de edad", dijo Iñíguez.

Si una persona contrata este seguro a los 55 años, podrá optimizar la rentabilidad de su portafolio y a los 60 años sacar su dinero o mantenerlo hasta que lo desee.

De igual manera un inversionista de menor edad puede comprar la póliza pero el tiempo de estadía es mayor hasta cumplir 60 años. "No se congela su dinero, puede disponer de él pero si se retira antes de lo estipulado, el regulador nos obliga a retener los impuestos", indicó en entrevista.

Dado que a partir del ejercicio fiscal 2017 comenzarán a dar frutos los Acuerdos de Intercambio de Información Financiera firmados por México con los gobiernos de las economías más grandes del mundo, "se prevé el inicio de revisiones fiscales, por lo que este programa puede ser la última llamada para regularizarse", advirtieron expertos de Grupo Asesores en Negocios.

Las inversiones deben permanecer en el país por al menos dos años a través de instituciones financieras autorizadas y en instrumentos financieros emitidos por residentes en el país o en acciones emitidas por personas morales residentes en México.

La autoridad fiscal autorizó el cambio del destino final de dichas inversiones a cualquiera de los listados por el Decreto, siempre y cuando los contribuyentes que opten por esa facilidad presenten el "aviso de destino de ingresos retornados al país" dentro de los 30 días siguientes a la fecha en la que se haga el cambio. De enero a junio retornaron al país 76 mil millones de pesos o 4 mil 320 millones de dólares, de acuerdo con cifras oficiales.

Las ganancias y las inversiones mantenidas en el extranjero, deberán retornar a México antes del 19 de octubre.


Los recursos deben depositarse en las instituciones de crédito o casas de bolsa del país.

Se deberán invertir en México por lo menos dos años en finalidades específicas. La inversión deberá realizarse durante el 2017.
Se tiene que demostrar que no son ingresos provenientes de actividades ilícitas. Hay que tener documentos que soporten su procedencia.

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