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Niegan amparo en México a filial de Goldcorp que quería pagar "oro a precio de carbón"

La empresa Minas de la Alta Pimeria, filial del segundo mayor productor de oro a nivel mundial, pretendía pagar los derechos de extracción por unidad de medida y no por el valor del mineral, explicó el Consejo de la Judicatura Federal.

Un juez negó un amparo a la empresa Minas de la Alta Pimeria, filial de la canadiense Goldcorp, el segundo mayor productor de oro a nivel mundial, que "pretendía pagar el kilo de este valioso metal (oro) a precio de carbón", informó este miércoles el Consejo de la Judicatura Federal (CJF).

El juez José Francisco Pérez Mier, titular del Juzgado Séptimo de Distrito en Sinaloa, negó la protección de la justicia a la minera dedicada a la extracción de oro y "le ordenó pagar los derechos que corresponden por el uso y aprovechamiento de bienes de dominio público", según un comunicado en el que no se precisa el nombre de la empresa, sin embargo, fuentes cercanas al caso confirmaron que se trata de Minas de la Alta Pimeria, ubicada en Los Mochis, Sinaloa.

Según los antecedentes, la minera interpuso un amparo al considerar "inconstitucional pagar los montos fijados como derechos para la extracción de oro bajo diversos argumentos, entre ellos, que el constituyente no tiene facultades para fijar esos derechos y agrega, que los montos no son proporcionales ni equitativos".


A partir del 1 de enero de 2014, como parte de la reforma fiscal, en la Ley Federal de Derechos se establecieron como obligaciones a las mineras: un derecho especial del 7.5 por ciento a la utilidad neta por la enajenación o venta de la actividad extractiva; y como derecho extraordinario el 0.5 por ciento sobre ingresos por enajenación de oro, plata y platino.

Sin especificar la fecha en que Minas de la Alta Pimeria interpuso el amparo, el CJF señaló que la empresa presentó el pago de un peso por concepto de derechos y otro, por el mismo concepto, del pago de tres millones 90 mil pesos, el cual pretendía evitar.

La minera alegaba que debía pagar por unidad de medida y no por el valor del mineral; es decir, que "debe tasarse igual un kilo de oro que un kilo de carbón, lo cual llama la atención, si se toma en cuenta que la peticionaria de amparo se dedica a la extracción de oro", señala la nota informativa.

El juez concluyó que los ingresos que se obtengan se destinarán a las comunidades indígenas que habitan en las zonas donde se ubican las minas.

De acuerdo con registros de la Secretaría de Economía, Minas de la Alta Pimería es filial de Goldcorp.

Goldcorp no estuvo inmediatamente disponible para opinar sobre el caso.

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