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IFT, única autoridad que puede determinar poder sustancial de Televisa

El Instituto Federal de Telecomunicaciones declaró que no ha sido notificado del fallo que revocaría su decisión de determinar que Grupo Televisa no tiene poder sustancial en TV de paga, por lo que desconoce el alcance de la sentencia.

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) subrayó que el órgano regulador es la única autoridad que puede determinar el estatus de los jugadores que integran el sector de telecomunicaciones dentro de algún segmento de mercado, esto luego de que trascendiera que un tribunal especializado revocó la decisión del instituto de determinar que Grupo Televisa no tiene poder sustancial en TV de paga.

El IFT señaló en una solicitud hecha por El Financiero que hasta el momento no ha sido notificado de tal resolución y que por ende, desconoce el alcance de dicha sentencia. Sin embargo, subrayó que de haber tal sentencia revocatoria, ello no implica que la televisora controlada por Emilio Azcárraga Jean tenga poder sustancial en ese mercado.

"La única autoridad responsable de determinarlo es justamente el órgano regulador del sector de telecomunicaciones. En cuanto no tengamos una resolución notificada en la sentencia y veamos qué es lo que procede, no podemos añadir más", confirmó el instituto.

Por su parte, el Consejo de la Judicatura Federal señaló a este diario que será hasta mañana viernes 20 de enero que el expediente de la resolución estaría publicado en el portal del organismo.

El Primer Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa, especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones refiere en el amparo en revisión con el número de expediente asignado 141/2016 como actos reclamados específicos "la resolución por la que se determina la inexistencia de un agente económico" en materia administrativa en telecomunicaciones.

El documento refiere que el 24 de octubre de 2016 se admitió a trámite el recurso de revisión interpuesto por Televisora Valle de México, así como el recurso de revisión adhesiva interpuesto por las terceras interesadas Grupo Cable TV y Televisión Internacional el 4 de noviembre pasado, además del recurso, también de revisión adhesiva interpuesto por el Pleno del IFT, tres días después de esa fecha.

De acuerdo con la información revelada, el tribunal resolvió por unanimidad la ponencia del magistrado Jean Claude Tron Petit, de revocar la determinación emitida en octubre de 2015 por el órgano regulador sobre el no poder sustancial en TV de paga de Televisa.

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