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IFT multa a Telmex por obstaculizar a Axtel

El Instituto Federal de Telecomunicaciones resolvió que Telmex es responsable de obstaculizar el proceso productivo de la concesionaria Axtel en el mercado de larga distancia, por lo que impuso una multa de 49 millones 320 mil pesos, en lo que calificó de una conducta grave.

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) resolvió que Telmex es responsable de práctica monopólica por obstaculizar el proceso productivo de la concesionaria Axtel en el mercado de larga distancia, por lo que fue multada con 49 millones 320 mil pesos.

En un comunicado, el órgano regulador señaló que se acreditó que Telmex realizó tres conductas que obstaculizaron el proceso productivo de Axtel, las cuales consisten en no atender las solicitudes de Axtel para tener acceso a puertos y/o enlaces de interconexión de larga distancia en las ASL donde tiene ubicadas centrales de tráfico interurbano o centrales con capacidad de enrutamiento. 

Asimismo, señala el instituto, Telmex es responsable de no atender las solicitudes de Axtel sobre información de la ubicación y asignación de sus centrales que atienden localidades sin punto de interconexión para atender cada área de servicio local no abierta a presuscripción.

Además de introducir mensajes grabados en llamadas de larga distancia originadas en la red pública de telecomunicaciones de Axtel para su terminación en la red pública de telecomunicaciones de Telmex. El mensaje anuncia a los usuarios finales la posible suspensión del servicio, lo que tiene por objeto, directo o indirecto, reducir la demanda que enfrenta su competidor Axtel.

"Se determinó que estas acciones por parte de Telmex tuvieron como objeto el desplazamiento indebido de Axtel en la oferta de los servicios de telefonía en los que compiten por usuarios finales, así como la reducción de la demanda que esa empresa enfrenta en el mercado", señaló el instituto.

De acuerdo con el IFT, ésta es la multa máxima prevista en dicho ordenamiento legal, toda vez que la conducta cometida es altamente grave porque afecta servicios de interés público, causa un daño al mercado porque afecta el proceso de competencia y libre concurrencia y existen elementos para determinar que la empresa tuvo la intención de realizar las conductas imputadas, entre otros.

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