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IFT deja a Televisa y América Móvil sin eventos masivos deportivos en exclusiva

El IFT dio a conocer la lista conformada por 4 categorías de eventos, que debido a su condición de agentes económicos preponderantes, Televisa y América Móvil no podrán adquirir en exclusiva para ser retransmitidos.

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) determinó que Grupo Televisa y América Móvil no podrán adquirir en exclusiva cuatro categorías de eventos masivos para ser retransmitidos a través de sus plataformas, debido a su condición de agentes económicos preponderantes.

A través de un comunicado, el IFT determinó que los contenidos seleccionados son "de gran relevancia debido a que, al ser contratados en exclusiva por los Agentes Económicos Preponderantes, permiten a éstos fortalecer su posición frente a las audiencias y limita a otros participantes en el mercado para competir de manera efectiva".

Dicho impedimento deriva de una de las reglas asimétricas que el IFT impuso a ambas empresas el pasado 7 de marzo, fecha en la que determinó que ambas compañías son preponderantes en los mercados de las telecomunicaciones y radiodifusión, respectivamente.

El regulador indicó que a fin de contar con los elementos técnicos suficientes, la Unidad de Sistemas de Radio y Televisión del Instituto (USRTV) hizo un análisis entre un universo de 220 mil 724 contenidos audiovisuales de televisión radiodifundida transmitidos a través de televisión radiodifundida o restringida.

El análisis se hizo en el periodo histórico comprendido entre el 1 de abril de 2010 y el 30 de abril de 2014, en función del carácter no replicable y alto nivel esperado de audiencia nacional o regional de cada evento, con base en datos proporcionados por Nielsen IBOPE México.

Dicho análisis toma como medida el rating o nivel de audiencia, debido a que permite identificar cuáles son aquellos contenidos que en cierto lapso captan mayor interés en un segmento de la población y, por lo tanto, tienen un alto nivel de audiencia, informó el IFT.

Azcárraga y Slim no podrán contratar en exclusiva:

a) Los partidos de la selección mexicana de futbol (categoría varonil mayor)

b) Las ceremonias de inauguración y clausura de los Juegos Olímpicos de Verano organizados por el Comité Olímpico Internacional

c) Las ceremonias de inauguración y clausura, y los partidos de inauguración, cuartos de final, semifinales y final de la Copa Mundial de la Federación Internacional de Futbol Asociación (FIFA), organizados cada cuatro años y conocido comúnmente como Copa del Mundo o Mundial de Futbol

d) Los partidos de la final del torneo de liga de primera división, organizado por la Federación Mexicana de Futbol, conocida comúnmente como la Liga MX postulados del decreto constitucional.

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