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¿El 'depa' que rentas sufrió daños? Esto es lo que puedes y no hacer

Como inquilino tienes derecho a rescindir el contrato si la vivienda es inhabitable o si las reparaciones durarán dos meses o más, pero en caso de que la decisión de abandonar no esté relacionada con los daños sufridos, no puedes dejar de pagar la renta.

El sismo del martes 19 de septiembre dejó daños en al menos 3 mil 400 construcciones en la CDMX, lo que genera incertidumbre en los propietarios y en los inquilinos que rentan algunos de los departamentos que se ubican en dichos edificios.

Para quienes pagan renta por un lugar en el que hubo daños considerables, existen algunas recomendaciones sobre qué hacer en caso de tener que abandonar la vivienda o en su defecto, no querer habitarla más.

Lo primero que debes hacer como inquilino es notificar al propietario y pedirle que de aviso a las autoridades de Protección Civil para que se haga una inspección y se emita un dictamen sobre la propiedad, señala un comunicado del sitio Propiedades.com.

Si la autoridad determina que el inmueble es inhabitable, es obligatorio cancelar el contrato y anular la responsabilidad que se tiene, en este caso el pago de la renta.

Según Eduardo de la Canal, consultor de negocios en Coldwell Banker, el casero está obligado a devolver el depósito y el inquilino no deberá pagar más el alquiler, a menos que existen adeudos de meses anteriores.

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Si Protección Civil determina que la vivienda puede ser habitable, los gastos de la reparación no son responsabilidad tuya, sino del propietario del lugar.

"El responsable de llevar a cabo la reparación es el propietario, dejarlo en condiciones para que el inquilino pueda continuar su arrendamiento", dijo. "Esto aplica para daños en azulejos, ventanas, recubrimientos, es decir, daños menores, que no son responsabilidad de quien renta y en el futuro van a mejorar el inmueble", agregó.

Pero ¿qué hacer mientras se llevan a cabo las reparaciones? El inquilino deberá esperar y tienes derecho a rescindir el contrato siempre y cuando las labores de reparación duren dos meses o más.

El Colegio de Abogados Egresados del ITAM indica que en este caso existen las condiciones para pedirle al casero que disminuya el cobro de la renta.

"Si el inmueble se puede arreglar pero disminuye la calidad de su uso, puede solicitarse una disminución en la renta", explicó la institución en un comunicado.

En caso de que la vivienda se reconstruya y sea habitable, pero no desees vivir más ahí, no te vas a librar de pagar la renta del tiempo por el que firmaste el contrato. "Eso no exime de pagar", dijo De la Canal.

En caso de que inquilino y propietario no lleguen a un acuerdo, se tendrá que acudir ante el juez civil para que se resuelva la controversia.

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