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América Móvil deberá presentar a IFT plan de desincorporación

Será hasta dentro de un año cuando las medidas asimétricas para América Móvil se suspendan de ser aprobado el plan de desincorporación presentado por la empresa de Carlos Slim que fue declarado como preponderante por el IFT.

América Móvil deberá presentar ante el IFT un plan de desincorporación que, de ser aprobado, lo podrá ejecutar hasta un año después, y hasta ese momento se cancelarán las medidas asimétricas impuestas como agente preponderante, señaló el consejero jurídico de la Presidencia, Humberto Castillejos.

Expuso en conferencia de prensa que "en caso de que apruebe el plan podrá suspender la ejecución de la tarifa cero en interconexión y entonces se transitaría al modelo de compensación de tráfico, llamado bill and keep; el plan se tendría que ejecutar dentro de los 365 días siguientes a aprobado el mismo".

El hecho de que América Móvil pueda salir de su carácter de preponderante, aclaró, no impide los beneficios que se establecen en la ley en torno a la compartición de infraestructura y eliminación de tarifa de usuario visitante y otras medidas.

Refirió que el artículo 276 de la aprobada Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión establece que la desincorporación de activos, partes sociales y acciones, debe cumplir con ciertos parámetros para generar competencia efectiva en cada uno de los mercados en donde participa la empresa.

"Esto es, ante la decisión de América Móvil de reducirse en su participación nacional en el sector de las telecomunicaciones deberá presentar un plan ante el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), el cual deberá establecer la forma en que hará la desincorporación".

Una vez ejecutado el plan, continuó, el órgano regulador certificará su ejecución y hasta ese momento se quitarían las medidas asimétricas y las declaraciones anteriores de poder sustancial en el mercado relevante.

Castillejos enfatizó que la decisión de la empresa propiedad de Carlos Slim de desincorporar activos para dejar de ser agente preponderante, como lo dio a conocer este martes, no deberá afectar a los usuarios que se benefician de la cobertura social de servicios de telefonía.

"La ley establece con claridad que el plan que presente el IFT no puede afectar la cobertura social, no es factible que haya una desincorporación de activos afectando a los usuarios que tengan menos capacidad económica para beneficiar a lo que tengan más", explicó.

A esto, dijo, se debe adicionar que para otorgar una adjudicación en una licitación se deben establecer los compromisos que realiza cada concesionario en materia de cobertura social.

El funcionario puntualizó que el gobierno federal no puede pronunciarse sobre la posibilidad de que Telmex ingrese o no al mercado de la televisión, ya que es una facultad que corresponde solo al IFT.

"En la reforma se creó un órgano autónomo, el gobierno no interviene en ningún procedimiento que ahí se lleve a cabo. Las facultades del gobierno son las que establece la Constitución, como la de opinar sobre los términos económicos de una licitación de manera no vinculante".

En relación con el procedimiento de una posible concentración no notificada, Castillejos señaló que el gobierno es respetuoso de lo que resuelva el Ifetel y no puede intervenir de ninguna manera al respecto.

Cuestionado sobre si el gobierno conocía la decisión de Telmex de anunciar su participación de mercado, el funcionario enfatizó que se trata de una decisión absolutamente voluntaria de América Móvil.

"Lo que hizo el Congreso de la Unión y lo que estaba en la iniciativa del Ejecutivo es establecer medidas en un sector que tenía una alta concentración y que es congruente con la declaración de preponderancia", añadió.

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