Elecciones 2018

Tribunal electoral avala candidaturas de 'Napo' y Mancera

El TEPJF consideró que tanto el exjefe de gobierno como el líder minero pueden acceder al Senado por la vía plurinominal.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) avaló las candidaturas de Miguel Ángel Mancera, por el PAN, y de Napoleón Gómez Urrutia, por Morena, al Senado de la República por la vía de la representación proporcional.

Después de casi cuatro horas de discusión, la Sala Superior resolvió los recursos presentados por Encuentro Social y el PRI, respectivamente, en contra de la postulación del jefe de gobierno con licencia y del líder minero, bajo una interpretación menos restrictiva de lo establecido en la Constitución para ambos casos, mediante la cual concluyeron que cumplen con los requisitos de elegibilidad.

Por mayoría –cinco a favor y dos en contra–, los magistrados respaldaron los proyectos de resolución presentados por la presidenta Janine Otálora Malassis, en los que se determinó confirmar el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE), que estableció el registro de los dos candidatos.

En el caso de la impugnación en contra de la candidatura plurinominal de Mancera, los magistrados reconocieron que el artículo 55 constitucional establece la prohibición para que los gobernadores y el jefe de gobierno puedan se electos "en las entidades de sus respectivas jurisdicciones durante el periodo de su encargo, aun cuando se separen definitivamente de sus puestos".

Sin embargo, aclararon que al ser postulado en la lista de representación proporcional, que es de carácter nacional, la restricción constitucional no aplica para la candidatura de Mancera, pues no está delimitado a la Ciudad de México.

Al respecto, el magistrado José Luis Vargas emitió su voto en contra, pues consideró que la prohibición constitucional es aplicable al caso de Mancera, ya que sigue vigente el periodo de su encargo, que termina hasta el 4 de diciembre, además de que la Carta Magna no limita la restricción a las candidaturas de mayoría relativa o representación proporcional.

Agregó que en un caso hipotético en el que se detectara alguna malversación o anomalía en la gestión de algún mandatario que haya obtenido el fuero a través de su posición como senador, no se le podría castigar, ya que la misma Cámara alta es el jurado para los desafueros, por lo que estimó que el TEPJF debía desincentivar que otros gobernadores recurrieran a la suma estrategia de separarse del cargo para ser candidatos.

Respecto a la impugnación del PRI contra la candidatura de Napoleón Gómez Urrutia, el TEPJF resolvió que es infundado su argumento sobre la doble nacionalidad del líder minero, pues argumentó que sí presentó el certificado de nacionalidad mexicana otorgado por la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), además de que entregó su acta de nacimiento que acredita que es originario de Monterrey, Nuevo León.

No obstante, el magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera puntualizó que la Carta Magna precisa que quienes aspiren a un escaño en el Senado deben ser mexicanos por nacimiento y no haber adquirido otra nacionalidad, por lo que estimó que los candidatos deben cumplir con ambos requisitos y no sólo con uno.

"El certificado de nacionalidad no es el instrumento jurídico idóneo para cumplir con el requisito, porque entonces nos sujetaríamos a interpretar la Constitución bajo los dispositivos de la Ley de Nacionalidad, una disposición infraconstitucional", señaló.

El magistrado Vargas también se pronunció en contra de la candidatura de Gómez Urrutia, ya que señaló que no está claro si por la nacionalidad canadiense mantiene vigente su estatus de súbdito de la Reina Isabel, porque Canadá es parte del Commonwealth.

La magistrada presidenta Janine Otálora Malassis precisó que al confirmar las dos candidaturas, el TEPJF no se pronuncia sobre las cualidades de Mancera y de Gómez Urrutia para ser senadores, ya que las "valoraciones subjetivas" corresponden a los partidos y su acceso al cargo está en manos de los electores.

"En ambos casos, esta Sala Superior no está analizando y en el proyecto no se plantean las cualidades de ninguno de estos candidatos, ni se realiza una valoración curricular de sus capacidades y aptitudes para ocupar una senaduría, no compete dicha valoración a un juez constitucional", remarcó.

Las resoluciones de ambas candidaturas contaron con el respaldo de Janine Otálora Malassis, Reyes Rodríguez, Indalfer Infante y Felipe de la Mata Pizaña, mientras que José Luis Vargas se pronunció en contra de ambas candidaturas, Felipe Alfredo Fuentes Barrera rechazó su aval a la de Gómez Urrutia y Mónica Soto votó en contra de la de Mancera.

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