Elecciones 2018

Tribunal Electoral ordena investigar a funcionarios de Nuevo León por 'caso Bronco'

El TEPJF determinó que el gobierno de Nuevo León debe revisar la actuación de cerca de 600 funcionarios, incluyendo a Jaime Rodríguez y el mandatario interino, Manuel González.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que en Nuevo León se debe hacer una revisión de la actuación de cerca de 600 funcionarios, incluyendo el gobernador con licencia Jaime Rodríguez Calderón y el mandatario interino Manuel Florentino González, por la recolección de firmas en horario laboral para apoyar la candidatura de 'El Bronco'.

La Sala Regional Especializada del TEPJF resolvió el recurso que presentaron Samuel Alejandro García Sepúlveda y Mariela Saldívar Villalobos, quienes denunciaron que el entonces mandatario neoleonés recolectó firmas con el apoyo de funcionarios locales y en horario laboral.

De acuerdo con los denunciantes, esto implicaría uso indebido de recursos públicos y, por lo tanto, afectación a la equidad de la contienda.

Los magistrados de la Sala Especializada determinaron que, como jefes de la administración pública, Jaime Rodríguez Calderón y Manuel Florentino González, quien se desempeñó como secretario general de Gobierno durante la administración de Rodríguez Calderón, no tomaron las medidas adecuadas para evitar el despliegue del uso del servicio público a favor del candidato independiente.

Por ello, se determinó que los respectivos superiores jerárquicos de cada funcionario deberán determinar lo que corresponda, mientras que en el caso del gobernador con licencia y del mandatario interino, corresponderá evaluar su conducta al Congreso de la Unión.

Por otra parte, la Sala Especializada impuso una multa por 80 mil 600 pesos a Morena por el uso indebido de la pauta al incluir a Andrés Manuel López Obrador en un spot correspondiente a las campañas de Guanajuato.

"Los partidos políticos tienen la obligación de destinar los tiempos a que tienen derecho en radio y televisión a la elección designada, lo que, en la especie no aconteció, porque se difunde la imagen y voz del señalado candidato presidencial en tiempos del estado del ámbito local, cuestión que invariablemente le genera una sobreexposición al acceder a tiempos en los que no le corresponde su promoción", explicaron los magistrados electorales.

También lee: