Economía

Proponen elevar sanciones de la CNBV hasta 1000%

Con el objetivo de que la CNBV opere de manera más eficaz, en la Ley de Ingresos 2016 se amplían los rangos de las sanciones que aplicaría a los intermediarios financieros, las cuales serían hasta por 100 mil días de salario mínimo.

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) podría aplicar sanciones a los intermediarios financieros que vigila hasta por 100 mil días de salario mínimo -poco más de siete millones de pesos-, lo cual implicaría aumentos en las multas de hasta mil por ciento.

De acuerdo con la propuesta de Ley de Ingresos 2016, con el fin de que la CNBV ejerza sus funciones de manera más eficaz, se incluyen nuevos criterios y se amplían los rangos de las sanciones.

Las multas se elevarían tanto por no enviar la información a tiempo, como por no cumplir con las disposiciones en materia de prevención de lavado de dinero.

En el mercado de valores se propone el mayor incremento, de hasta mil por ciento, pues actualmente las multas máximas oscilan entre 10 mil y 100 mil días de salario mínimo y con las modificaciones todas tendrán una sanción máxima de 100 mil días de salario mínimo.


Por ejemplo, en la Ley del Mercado de Valores (LVM), por enviar la información fuera de plazo o en el caso de las entidades financieras que utilicen los servicios de personas físicas que no estén autorizadas por la CNBV, pagan hoy en día un pago de 200 hasta 10 mil salarios, pero de aprobarse la propuesta erogarán de 10 mil hasta 100 mil salarios en ambas situaciones.

En el caso de las infracciones a las disposiciones de carácter general en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y, en su caso, financiamiento al terrorismo cometidas por las entidades financieras, centros cambiarios, transmisores de dinero, sociedades financieras de objeto múltiple no reguladas y asesores en inversiones, serán sancionados con multas que van del 10 al 100 por ciento del monto de la operación inusual que no se hubiera enviado.

Además, pagarán entre 10 y 100 por ciento el monto del acto, operación o servicio que se realice con un cliente o usuario del que se haya informado que está en la lista de personas bloqueadas, o multa equivalente en moneda nacional de 10 a 100 mil días de salario mínimo.

En el sector bancario, por ejemplo las multas por violar el secreto bancario repuntarán del rango actual de cinco mil a 20 mil días de salario mínimo a uno de 30 mil a 100 mil días de salario mínimo.
En el caso de lavado de dinero, la multa mínima actual es un salario mínimo y a partir del próximo año sería de 30 mil; el máximo se mantiene en 100 mil salarios.

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