Economía

Inspección sorpresa a empresas, la mayoría

Para detectar situaciones de riesgo, las inspecciones extraordinarias o sorpresivas por parte de la STPS a empresas han contabilizado 303 mil 969 entre el 1 de diciembre de 2012 al 31 de agosto actual.

En los cuatro años del presente sexenio, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) ha realizado 476 mil 653 inspecciones a centros laborales, de las cuales 65 por ciento han sido de carácter extraordinario, es decir, practicadas de forma sorpresiva, sin previo citatorio y en cualquier día, a fin de detectar de forma inmediata la situación de riesgo.

Las inspecciones extraordinarias suman 303 mil 969 en el periodo del 1 de diciembre de 2012 al 31 de agosto pasado, mientras que las operaciones de vigilancia ordinarias totalizaron en ese lapso 172 mil 684.

Para los procedimientos, la plantilla de inspectores encargados de supervisar el cumplimiento del Reglamento General de Inspección del Trabajo y Aplicación de Sanciones por parte de los patrones creció 19 por ciento entre 2013 y junio de 2016, al pasar de 776 a 926 inspectores de trabajo.

Sobre las revisiones extraordinarias, el reglamento establece que la autoridad laboral puede ordenar esta práctica de vigilancia en cualquier momento en los casos que tenga conocimiento, ya sea a través de quejas o denuncias por cualquier medio o forma, respecto a que existe peligro o riesgo inminente o probables incumplimientos a las normas de trabajo.

Entre las principales ramas industriales inspeccionadas este año, sobresalen: las relacionadas con concesiones federales con 7 mil 296, productora de alimentos 5 mil 91, trabajos en zonas federales 4 mil 596, química 2 mil 634 y automotriz 2 mil 258.

De las inspecciones ordinarias, 48 mil 283 fueron en materia de seguridad e higiene, 36 mil 615 para constatación de datos, 32 mil 665 de capacitación y adiestramiento, 28 mil 85 de comprobación, 24 mil 555 de condiciones generales de trabajo y 2 mil 481 a recipientes sujetos a presión y calderas.

Las acciones ordinarias se efectúan en días y horas hábiles y son de tipo inicial o por ampliación o modificación del centro de trabajo y son periódicas con intervalos de casi 12 meses; y las programadas y de comprobación son para el cumplimiento de las medidas ordenadas previamente por la autoridad.

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