Economía

Caro, confuso y lento acceso a mercado

Para el Consejo Coordinador Empresarial, los plazos de respuesta por parte del Centro Nacional de Control de Energía son lentos, caros y confusos.

Aunque la entrada en operación del mercado eléctrico mayorista (MEM) se postergó para el 27 de enero de 2016, empresas interesadas reclamaron que el procedimiento para el registro de participantes es caro, lento y confuso.

En opinión enviada a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer) Jaime Williams Quintero, presidente de la Comisión de Energía del Consejo Coordinador Empresarial (CCE), señaló que los plazos de respuesta por parte del Centro Nacional de Control de Energía (Cenace) son muy lentos.

"El registro para poder participar en el mercado en cualquiera de sus modalidades debiera ser sencillo, ágil y expedito. El documento en cuestión incluye demasiados requisitos y los plazos de respuesta de Cenace son demasiado extensos", lamentó.

Williams, quien también es director comercial de Cemex Energía, señaló que "el procedimiento de registro representa costos importantes de cumplimiento para los particulares".

De acuerdo con el Manual de Registro del Mercado Eléctrico Mayorista se debe contar con un capital mínimo de entre 10 y 80 millones de pesos para ser participante, además de una garantía de cumplimiento de un millón de pesos y una cuota de registro por participante que se determinará próximamente en el Sistema de Información del Mercado (SIM).

"Los requisitos de capital contable pudieran ser muy excesivos y restringir la participación en el MEM de pequeñas y medianas empresas", advirtió.

Para Energía de Ramos, parte del grupo Deacero, también resulta confuso porque el Cenace integró un Comité de Ingreso y Permanencia en el Mercado, cuyas funciones son similares- que no iguales- a las de la Unidad de Vigilancia del Mercado.

"No se entiende la razón de existir del comité. Parece estar duplicando las funciones de la Unidad de Vigilancia del Mercado", criticó la empresa con sede en San Pedro, Nuevo León.

Este comité tiene la autoridad de rechazar el ingreso de un participante, pero no se establece un mecanismo de revisión.

"Es importante conocer cómo se integra el Comité. Al poder rechazar el registro de participantes en el MEM se está efectuando un acto de autoridad, debe de existir un mecanismo de impugnación contra esa determinación", sugirió Deacero.

Incluso la propia CFE apuntó errores en el anteproyecto como referencias inexistentes y numeraciones repetidas. "No existe el inciso (j) del numeral 3.3.3. Referenciar el numeral y/o inciso correcto", apuntó.

Además aún no se han publicado directrices operativas escenciales.

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