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Incumplen agentes inmobiliarios con Ley Antilavado

Los agentes inmobiliarios están obligados a reportar mensualmente las operaciones que llevan a cabo e identificar a los clientes a quienes les prestan el servicio con documentación como CURP.

QUERÉTARO, Qro.- Al menos la mitad de los agentes inmobiliarios que operan en Querétaro no han cumplido con las obligaciones que refiere la Ley Antilavado de Dinero, informó Pedro Roberto Reyes, presidente de la Asociación de Profesionales Inmobiliarios (AMPI), Sección Querétaro.

Explicó que eso ocurre sobre todo entre aquellos que no se encuentran dentro de asociaciones y se dedican a esta actividad de manera independiente, en ocasiones sin profesionalización.

Pedro Roberto Reyes informó que los agentes inmobiliarios son sujetos obligados a cumplir con los lineamientos de esta ley, como registrarse en el portal antilavado de dinero y reportar las operaciones en las que participan.


Dijo que la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita considera que algunas actividades tienen riesgo de ser utilizadas como vehículo para financiar al terrorismo y lavar dinero, entre las que destacan las operaciones inmobiliarias.

Por lo tanto, los agentes inmobiliarios están obligados a reportar mensualmente las operaciones que llevan a cabo e identificar a los usuarios y clientes a quienes les prestan el servicio y contar con documentación de éstos como CURP, identificación, entre otros.

"La intención con esta ley es que el profesional inmobiliario sirva como sensor para que la autoridad federal pueda detectar alguna operación que se esté llevando a cabo a través de inmuebles para lavar dinero o financiar el terrorismo", explicó.

Los profesionales inmobiliarios y notarios están obligados de emitir avisos mensuales en los que reporten las operaciones inmobiliarias que llevan a cabo; de no hacerlo se pueden hacer acreedores a multas económicas que pueden ir de 754 mil 700 a  cuatro millones 906 mil pesos, o el valor del inmueble que fue parte de la operación.

Pedro Roberto Reyes consideró necesario que exista una campaña de comunicación a través de la cual se informe a los profesionales inmobiliarios acerca de aquello que deben cumplir en relación con la Ley Antilavado de Dinero. Expuso que la falta de conocimiento algunos de los agentes de sus obligaciones se debe a la escasa profesionalización e improvisación de sus actividades, principalmente aquelos que no están dentro de una asociación.

De cualquier forma, añadió, "estamos revisando cuántos asociados y afiliados no están cumpliendo con la ley y darle atención específica para que puedan cumplir".

La AMPI aún no tiene identificado de que la autoridad fiscal federal haya impuesto multas a quienes no han presentado sus avisos, pero sabe que ha empezado a fiscalizar a los profesionales para identificar su cumplimiento.

A los servicios de construcción, desarrollo de inmuebles, intermediación o comisión en la venta de inmuebles cuando se lleve una operación de compra–venta o de transmisión de inmuebles, se les considera actividad vulnerable en materia de lavado de dinero o terrorismo.

Los agentes tienen obligación de dar aviso sólo cuando las operaciones superan los 605 mil 807 pesos. Cuando las operaciones inmobiliarias excedan esta cantidad deberán realizar el aviso al Servicio de Administración Tributaria (SAT).

También el arrendamiento cuya prestación mensual exceda 121 mil 165 pesos se considera una operación vulnerable, aunque los agentes deben dar aviso cuando sea superior a los 242 mil 322 pesos mensuales.

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