Sociedad

Senado aprueba y turna a San Lázaro reforma que acota fuero militar

La medida establece que establece que cuando algún integrante de las Fuerzas Armadas cometa un delito contra civiles, aun cuando se encuentre en funciones, será procesado en tribunales civiles.

CIUDAD DE MÉXICO.- El Pleno del Senado de la República aprobó y turnó a la Cámara de Diputados la reforma que acota el fuero militar y establece que cuando algún integrante de las Fuerzas Armadas cometa un delito contra civiles, aun cuando se encuentre en funciones, será procesado en tribunales civiles.

En la sesión ordinaria de este jueves se aprobó con 101 votos la reforma que establece que los delitos del orden común o federal que sean cometidos por militares no serán juzgados por la justicia militar, sino que deberán ser remitidos a los tribunales civiles.

Estas modificaciones permitirán que los elementos castrenses sean juzgados en tribunales federales ordinarios, cuando cometan delitos del orden federal y común contra personas civiles o sus bienes jurídicos, así como también en casos de violaciones a derechos humanos.


Las enmiendas avaladas son a más de 100 artículos del Código de Justicia Militar, del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y de la Ley de Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados.

Senadores de los partidos Revolucionario Institucional (PRI), Acción Nacional (PAN) y de la Revolución Democrática (PRD) reconocieron la colaboración de las secretarías de la Defensa Nacional y Marina, para la aprobación de los cambios, que calificaron de históricos.

El dictamen prevé que los militares sujetos a prisión preventiva por imputárseles la comisión de delitos cometidos en agravio de civiles podrán permanecer en prisiones militares.

Asimismo posibilita compurgar la pena en centros de reinserción social del orden común o federal. Esto será decisión de la autoridad militar competente cuando lo estime imprescindible para preservar los derechos del procesado o por las necesidades del servicio de justicia.

En la reforma al Código de Justicia Militar se prevé la creación de los jueces de Ejecución de Sentencia, que tendrán entre sus facultades modificar o declarar extintas las penas o las medidas de seguridad.

Con estas reformas se cumplen las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) y la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), sobre la necesidad de que elementos militares que cometan delitos contra civiles no sean juzgados en el fuero militar.

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