Sociedad

Habrá lectura de votos matrimoniales en bodas civiles en el DF

Con las modificaciones al Código Civil del DF, se establece que los contrayentes deberán tomar cursos, entre ellos sobre la prevención de la violencia intrafamiliar, así como demostrar que no se encuentra en el Registro de deudores morosos.

CIUDAD DE MÉXICO. CIUDAD DE MÉXICO.- El Gobierno del Distrito Federal dio a conocer a través de la Gaceta Oficial, diversas modificaciones al Código Civil con lo que se incorpora a la ceremonia de Matrimonio Civil, la lectura de votos matrimoniales redactados por los propios contrayentes.

Lo anterior hace recordar que apenas en marzo del año anterior, el gobierno capitalino estableció que no se leería más durante las bodas civiles la Epístola de Melchor Ocampo que data de julio de 1859, al considerarla "discriminatoria".

Las modificaciones que entran en vigor este martes 29 de julio establecen además la obligación de los contrayentes de tomar cursos sobre temas como la prevención de la violencia familiar, salud sexual y reproductiva, planificación familiar, respeto a la equidad de género, relaciones de pareja, fines del matrimonio, derechos y obligaciones de los cónyuges, entre otros.

Asimismo quedó como uno de los requisitos para contraer matrimonio es presentar un certificado para hacer constar que no adeuda pensión alimentaria.

Y es que a través del Registro de Deudores Alimentarios Morosos del Distrito Federal se inscribirá preventiva y provisionalmente, los nombres y datos de las personas que hayan dejado de cumplir por más de 90 días sus obligaciones alimentarias ordenadas por los jueces y tribunales o establecidas por convenio judicial.

Por ello es que se establece que los pretendientes, antes de casarse, deberán tramitar y obtener un certificado expedido por el propio registro para hacer constar si alguno de ellos se encuentra inscrito en dicho registro. Y si se quiere cancelar la inscripción a dicho registro, el deudor deberá demostrar, a través de un juicio, haber cumplido con su obligación alimentaria.

El registro quedará cancelado al momento de dictar sentencia condenatoria, es decir que el juez establezca una pensión de alimentos con un porcentaje del sueldo que percibe el deudor y cuando éste, una vez condenado, demuestra haber cumplido con su obligación alimentaria, por un plazo de 90 días y demostrar que está garantizada.

Asimismo, el documento establece como requisito para la adopción que ninguno de los adoptantes se encuentre inscrito en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

Las tarifas que cobra actualmente el Registro Civil por la celebración del matrimonio permanecen intactas en sus tres modalidades: 980 pesos para la inscripción del matrimonio en los Juzgados; 1968.50 pesos cuando la ceremonia civil se realice en el juzgado; y cuatro mil 054 pesos cuando los jueces celebren la ceremonia fuera de la circunscripción territorial que le corresponda.

Sin embargo, a partir de estas modificaciones al Código Civil, el GDF exentará del 100 por ciento del pago de los derechos por la inscripción de matrimonio en los juzgados del Registro Civil capitalino a las personas de escasos recursos económicos y que tengan hijos.

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