Política

Senado turna al Ejecutivo la Ley de Derechos de Niños y Adolescentes

Entre lo avalado está el cambio del concepto de los denominados derechos sexuales y reproductivos, al de salud sexual y reproductiva; también la flexibilización de las sanciones por la "utilización" de menores de edad en medios de comunicación.

CIUDAD DE MÉXICO. El Senado de la República aprobó y turnó al Ejecutivo federal la nueva Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

También la reforma a la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil, con las modificaciones hechas por la Cámara de Diputados.

Durante la sesión de este jueves los senadores aprobaron por 71 votos a favor, cinco en contra y tres abstenciones, el nuevo marco legal en materia infantil.

Este incluye las modificaciones enviadas por la Cámara de Diputados a los artículos 13, 16, 26, 50, 53, 57, 58, 78, 83, 86, 90, 108, 127, 148 y 149 del proyecto que expide la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Entre lo avalado está el cambio del concepto de los denominados derechos sexuales y reproductivos, al de salud sexual y reproductiva, así como la flexibilización de las sanciones por la "utilización" de menores de edad en medios de comunicación.

Al presentar el dictamen, la panista Martha Elena García Gómez señaló que las comisiones dictaminadoras coincidieron en aceptar las modificaciones que realizó la colegisladora a la minuta, y consideró el trabajo hecho por el Senado en esta materia como "responsable e informado".

La presidenta de la Comisión de Derechos de la Niñez y de la Adolescencia expuso en tribuna que la nueva ley mandata a la Federación programar en el Presupuesto de Egresos 2015 los recursos necesarios para cumplir con lo establecido.

Sería lamentable que se deje sin presupuesto a ese ordenamiento, que tiene como objetivo evitar y prevenir que los menores de edad vivan en violencia escolar, el trabajo forzado o que sean atraídos por la delincuencia organizada, abundó la legisladora del Partido Acción Nacional (PAN).

Por la Comisión de Educación, el senador Juan Carlos Romero Hicks manifestó que la Cámara de Diputados hizo diversas observaciones a la minuta que le envió el Senado, "y por respeto a la colegisladora, las estamos asumiendo"; no obstante, "no las compartimos a plenitud".

El también senador panista subrayó que esta legislación atiende el desarrollo de la persona y no legaliza el aborto voluntario ni la pederastia, no promueve la esterilización forzada, no atenta contra la patria potestad ni estimula la actividad sexual temprana.

Todo esto, agregó, es importante destacar porque en algunas voces de preocupación probablemente no se dieron la oportunidad de leer a detalle lo que viene en la ley.

Alejandro Encinas, del Partido de la Revolución Democrática (PRD), lamentó a su vez la eliminación de los llamados derechos sexuales y reproductivos de niños y adolescentes en materias de educación y de salud, particularmente con las modificaciones a los artículos 50 y 58.

Recordó que en ambos artículos se había construido el acuerdo para establecer la obligación de la autoridad a proporcionar asesoría y orientación sobre el ejercicio responsable en esas materias a los menores de edad, así como a quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarden custodia.

Dijo que con los cambios incluidos en la Cámara de Diputados y avalados hoy en el Senado "por presiones de diversos grupos", "de nueva cuenta queda a la discrecionalidad de la autoridad" este tema por lo que criticó la postura de senadores de Acción Nacional.

Entre los cambios incluidos se establece que en las entrevistas de algún medio de comunicación, no se requerirá el consentimiento de quienes ejerzan la patria potestad o tutela cuando dicha se tenga por objeto que niños y adolescentes se expresen libremente, en el ejercicio de su derecho a la libertad de expresión.

Asimismo cuando el menor de edad emita su opinión respecto a los asuntos que le afecten directamente, siempre que ello no implique una afectación a sus derechos, en especial a su honra y reputación.

En el caso de que no sea posible recabar el consentimiento de quienes ejerzan la patria potestad o tutela de un menor de edad, éste podrá otorgarlo siempre que no implique una afectación a su derecho a la privacidad por el menoscabo a su honra o reputación.

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