Política

Senado turna a comisiones minuta con reforma de movilidad

Las comisiones unidas de Puntos Constitucionales; Comunicaciones y Transportes; Estudios Legislativos, y Especial de Movilidad analizarán la minuta que reforma los artículos 11 y 73 de la Constitución para establecer el derecho a la movilidad universal.

CIUDAD DE MÉXICO. El Senado de la República turnó a comisiones para su análisis la reforma constitucional que busca establecer el derecho a la movilidad universal, que pretende garantizar este derecho a toda persona atendiendo los principios de igualdad, accesibilidad, disponibilidad y sustentabilidad.

La minuta será analizada por las comisiones unidas de Puntos Constitucionales; Comunicaciones y Transportes; Estudios Legislativos, y Especial de Movilidad.

La propuesta, avalada ya por la Cámara de Diputados, reforma los artículos 11 y 73 de la Constitución para establecer que el Estado garantizará el derecho de toda persona a la movilidad universal y que el Congreso de la Unión expida la Ley General de Movilidad.

Asimismo, el Artículo 11 constitucional señala que toda persona tiene derecho para entrar en la República, salir de ella, viajar por su territorio y mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvoconducto u otros requisitos semejantes.

Con la reforma se adiciona que el Estado garantizará el derecho de toda persona a la movilidad universal, atendiendo a los principios de igualdad, accesibilidad, disponibilidad y sustentabilidad.

Precisa que el ejercicio de estos derechos estará subordinado a las facultades de la autoridad judicial, en los casos de responsabilidad criminal o civil, y a las de la autoridad administrativa, por lo que toca a las limitaciones que impongan las leyes sobre emigración, inmigración y salubridad general.

El Artículo 73 indica que el Congreso tiene facultad de expedir leyes que establezcan la concurrencia del Gobierno del Distrito Federal, de los estados y municipios en materia de movilidad universal, en los términos que establece la Constitución.

En caso de que el Senado de la República apruebe esta reforma, se prevé que el Congreso de la Unión expedirá en un plazo no mayor de 180 días la Ley General de Movilidad.

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