Política

Senado aprueba nueva Ley de Delitos Electorales

Este nuevo ordenamiento, que fue enviado a la Cámara de Diputados para su análisis, contempla sanciones de hasta 22 años de prisión para determinados ilícitos y se aplicará por primera ocasión para los comicios de 2015.

CIUDAD DE MÉXICO.- El Senado aprobó en lo general y en lo particular con 103 votos en favor y dos abstenciones el dictamen que expide la nueva Ley General en Materia de Delitos Electorales, que contempla sanciones de hasta 22 años de prisión para determinados ilícitos y que se aplicará por primera en los comicios de 2015.

En una sesión de casi 11 horas, la última del periodo ordinario de sesiones, fue aprobada dicha ley que fue turnada a la Cámara de Diputados para su análisis.

De Inmediato, el presidente de la Mesa Directiva del Senado, Raúl Cervantes, clausuró los trabajos del periodo de sesiones.

La reforma que será aplicable en todo el país contempla diversos tipos penales, las sanciones, la distribución de competencias y las formas de coordinación entre los órdenes de gobierno.

Se indica que el Ministerio Público, en todos los casos, procederá de oficio con el inicio de las investigaciones por los delitos previstos en esta ley.

Prevé la aplicación de multas y prisión a quienes cometan delitos electorales, entre otras desde seis meses de cárcel para los ciudadanos que voten a sabiendas de que no cumplen con los requisitos de la ley o sufraguen más de una vez en una misma elección.

También serán aplicables desde seis meses hasta tres años de prisión a quienes soliciten votos por paga, promesa de dinero u otra recompensa, o bien mediante violencia o amenaza presione a otro a asistir a eventos proselitistas o a votar o abstenerse de hacerlo por un candidato, partido político o coalición.

La sanción más alta que prevé esta ley supera los 22 años de prisión y será aplicable a quien por sí o por terceras personas realice, utilice o reciba aportaciones de dinero o en especie a favor de algún precandidato, candidato, partido o coalición.

Ello cuando exista una prohibición legal para ello, cuando su origen sea ilícito o los montos rebasen los límites legales.

La pena más elevada se prevé cuando la conducta se realice en apoyo a una precampaña o campaña electoral.

En tribuna el senador Roberto Gil Zuarth, del Partido Acción Nacional (PAN), expuso que la nueva ley inhibirá el uso de programas sociales para cooptar el voto.

Asimismo se contempla prisión para funcionarios electorales, partidistas y servidores públicos que la violen; éstos últimos además serán inhabilitados.

El senador Miguel Ángel Chico Herrera, del Partido Revolucionario Institucional (PRI), presidente de la Comisión de Reforma del Estado, reconoció que los ciudadanos exigían un nuevo marco de sanciones.

"Las constantes acusaciones en torno a los resultados electorales, generan dudas en la ciudadanía, inhiben la participación y en ocasiones han desestabilizado al país", dijo.

En tribuna indicó que "los ciudadanos exigen sanciones congruentes en contra de los delincuentes electorales; es momento de acatar ese mandato público y sentar bases para lograr una mayor calidad en la certeza jurídico-electoral".

Este ordenamiento contempla hasta siete años de cárcel a quienes alteren el Registro Federal de Electores, el Padrón y el Listado Nominal, o participen en la expedición ilícita de credenciales para votar.

Si se trata de funcionarios públicos, partidistas, precandidatos o candidatos se aumentará un tercio más la sanción.

A su vez el senador Alejandro Encinas Rodríguez, del Partido de la Revolución Democrática (PRD), expuso que con esta norma, ahora sí, se sancionará la compra masiva o individual de votos.

"Creo que esto es lo que más vale la pena destacar. Ahora sí se va a sancionar, esperemos, la compra y la coacción de los votos de manera masiva e individual", comentó.

Agregó que afortunadamente esta es la única de las tres leyes a las que la reforma constitucional obligaba al Senado y a la Cámara de Diputados a emitir el 30 de abril.

Igualmente la nueva legislación incluye sanciones por delitos cometidos durante las consultas populares, como la coacción del voto o amenazas por parte de servidores públicos.

Se incluye que los ministros de culto que presionen u orienten el sentido del voto o induzcan expresamente al electorado a votar o abstenerse de votar por un candidato, partido o coalición tendrán que pagar multas.

Con esta nueva ley aprobada y que fue turnada a la Cámara de Diputados para su análisis se clausuró el periodo ordinario de sesiones del Senado.

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