Política

Nuevo ombudsman, exfiscal del caso Colosio

Luis Raúl González Pérez, recién elegido como titular de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, fue el último fiscal del caso Colosio, de 1996 al año 2000. Apostará por una CNDH más activa.

CUIDAD DE MÉXICO. El nuevo ombudsman nacional, Luis Raúl González Pérez, fue el último fiscal del caso Colosio, de 1996 al año 2000. Como fiscal del asesinato de Luis Donaldo Colosio utilizó todas las herramientas científicas y técnicas para llegar a la conclusión que se trató de un asesino solitario: Mario Aburto.

Como abogado general de la UNAM, es experto en temas de derechos humanos y conoce las entrañas de la CNDH, de la que fue funcionario fundador en 1993, cuando llegó como su presidente Jorge Carpizo MacGregor.

Fungió como director general del Programa de Agravios a Periodistas y Defensores Civiles de Derechos Humanos de la CNDH, donde documentó algunos casos relevantes de hostigamiento y persecución en contra de Lydia Cacho y de Alfredo Jiménez, un reportero del diario El Imparcial de Sonora y que fue desaparecido.

En la CNDH había trabajado en la Primera y Segunda Visitaduría General, atendió casos de desaparecidos; temas relacionados con la mujer, la niñez y la familia; y atención a víctimas del delito. La presunta violación de derechos humanos atribuibles a autoridades.

González fue subprocurador en la PGR cuando la presidía Jorge Madrazo Cuéllar y también fue director general de Gobierno en la Secretaría de Gobernación con Jorge Carpizo.

PLAN DE TRABAJO

Antes de ser elegido por el Senado de la República como nuevo titular de la CNDH, González Pérez, durante su comparecencia, planteó ocho puntos para redefinir los objetivos y el diseño de actuación institucional:

1.- Incidir en la elaboración de políticas de Estado y definir los ejes fundamentales en la materialización práctica de los derechos humanos.
2.- La seguridad pública un asunto prioritario.

Ante la situación que actualmente se vive en el país en materia de seguridad pública, se exige del ombudsman un rol más decidido. Es necesario un replanteamiento integral de la problemática en el que figuren los rubros de procuración y administración de justicia, prevención del delito y sistema penitenciario.

3.- Elaboración de estudios y propuestas de adecuaciones legislativas.
Es necesario que dicha institución realice estudios teórico-prácticos utilizando los casos institucionales para generar propuestas concretas que refuercen la instauración de una política de Estado y para arribar a la elaboración de proyectos de reformas constitucionales que incorporen el concepto de derechos humanos, la jerarquía constitucional de los tratados y convenios internacionales en la materia.

4.- Fomentar la cultura de responsabilidad de los servidores públicos.
Se requiere pasar al siguiente nivel en la cultura de respeto a los derechos humanos. Ahora debe iniciar la cultura de responsabilidad de los servidores públicos, consistente en exigir al Estado que asuma de manera subsidiaria la responsabilidad por la violación de los derechos humanos cometida por servidores públicos.

5.- Filosofía de trabajo institucional. Es importante volver a la esencia de la figura del ombudsman, cuya autoridad moral la sustenta su trabajo serio y objetivo; que recurre a los medios de comunicación como instrumento de fortalecimiento del respeto a los derechos humanos; que da seguimiento a la solución de los asuntos; que no ve en las quejas un número de expediente, sino a una persona o grupo de personas dolidas por el proceder de una autoridad; que su actuar se rige por la mesura y firmeza y no por la estridencia ni la conveniencia política.

6.- Transparencia de su actuación y atención a víctimas como definición institucional. La transparencia es una premisa básica de actuación del ombudsman y del derecho del quejoso a estar informado sobre el trámite y resolución de su asunto, por ser el epicentro permanente del quehacer de la institución.

7.- Vinculación estrecha con organizaciones no gubernamentales de derechos humanos, con organismos públicos internacionales y con las comisiones locales de derechos humanos. Es importante procurar una agenda común con las organizaciones no gubernamentales de derechos humanos, reconociendo el papel relevante que han tenido a lo largo de los años y las coincidencias en los ejes fundamentales para la materialización práctica de los derechos humanos.

8.- Ejercicio efectivo de su autonomía constitucional. Constituye un instrumento esencial que viene a complementar la justicia constitucional mexicana, mediante una actuación independiente traducida en el ejercicio de las facultades otorgadas para la realización de sus investigaciones, sea para acortar plazos, solicitar medidas precautorias, presentar denuncias o recabar información y evidencias que permitan documentar violaciones o no a derechos humanos.

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