Política

Iniciativas ciudadanas necesitarán 103 mil 292 firmas para ser admitidas

Se espera que el pleno de la Cámara de Diputados apruebe mañana las iniciativas ciudadana y preferente, sin mayores modificaciones.

CIUDAD DE MÉXICO. La Cámara de Diputados admitió los ajustes a las reformas legales secundarias hechas por los senadores para poder presentar "iniciativas ciudadanas", por lo que para que un ciudadano pueda presentar una propuesta de ley al Poder Legislativo deberá juntar 103 mil 292 firmas de mexicanos que lo apoyen, es decir el .13 por ciento de la lista nominal electoral nacional.

La Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados avaló las modificaciones del Senado de la República al dictamen de las leyes secundarias -Ley Orgánica del Congreso General, Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en materia electoral, Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales- que establecen los requisitos para la presentación y procesamiento de la iniciativa ciudadana y de la iniciativa preferente.

Con ello, el documento se turnó a la Mesa Directiva de la Cámara baja para ser debatido, votado y aprobado de inmediato en el Pleno de los 500 diputados, para ser enviado al Ejecutivo federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación y ordenar su entrada en vigor.

Al mismo tiempo, la Comisión de Gobernación se declaró ayer "en sesión permanente", en espera de las leyes secundarias en materia político-electoral que aprobará y enviará el Senado de la República.

Las tres modificaciones aprobadas garantizan que las iniciativas ciudadanas presentadas sean procesadas en tiempo y forma por las cámaras, evitando que sean archivadas y que se inscriban en el orden del día de la sesión inmediata; que el proceso de verificación del porcentaje de firmas para su trámite –que debe abarcar cuando menos del .13 por ciento del listado nacional electoral, que es hoy de alrededor de 79 millones 454 mil 813 mexicanos- se haga en el INE en un plazo de 30 días; y que un representante de los promoventes participe en las sesiones de las comisiones en la etapa de análisis y discusión.

Sobre las iniciativas preferentes su modificó la redacción para establecer que, una vez que la cámara revisora reciba el proyecto, tenga 15 días para su resolución.

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