Política

EPN prohíbe máquinas tragamonedas y limita permisos para casinos


 
Redacción

El presidente de la República, Enrique Peña Nieto expidió este día el decreto por el que se modifica la Ley Federal de Juegos y Sorteos.

De acuerdo con el documento publicado en el Diario Oficial de la Federación se prohíben las máquinas tragamonedas en cualquiera de sus modalidades.

"Actividad en la que el participante, a través de un artefacto o dispositivo de cualquier naturaleza, sujeto al azar, realiza una apuesta, mediante la inserción de un billete, moneda, ficha o cualquier dispositivo electrónico de pago u objeto similar, con la finalidad de obtener un premio", señalan en el escrito.
 
Sin embargo el decreto señala que no se consideran máquinas tragamonedas las siguientes:
 
-Las máquinas expendedoras que permiten la entrega de bienes o servicios a cambio de un precio que corresponda al valor de mercado de los bienes o servicios que la máquina entregue.

-Las máquinas tocadiscos, videodiscos o fotográficas, las máquinas o aparatos de competencia pura o deporte, las de mero pasatiempo o recreo y las máquinas o aparatos recreativos de uso infantil; todas ellas a condición de que sus mecanismos no permitan algún tipo de apuesta o juego de azar, o permitan el pago de premios en efectivo, especie o signos que puedan canjearse por ellos, salvo los que sólo consistan en volver a jugar gratuitamente o que otorguen premios o cupones.

-Las terminales de apuestas o las máquinas que permiten jugar o apostar a las competencias hípicas o deportivas. Estas terminales o máquinas deberán estar claramente identificadas como tales en los establecimientos autorizados y contar con la autorización de la Secretaría.

En este sentido autoriza la realización de sorteos de número o símbolos a través de máquinas siempre y cuando cumplan con el permiso de la Secretaría de Gobernación, así como "acreditar que las máquinas correspondientes han sido fabricadas en territorio nacional o legalmente importadas".
 
También se deberá de presentar el número de máquinas que se instalarán en el establecimiento.
 
Además se impide a los permisionarios de casinos ceder los derechos a terceros y establece que los convenios no podrán ser de más de 25 años.

"Los permisos para la apertura y operación del cruce de apuestas en hipódromos, galgódromos, frontones, centros de apuestas remotas y salas de sorteos de números o símbolos tendrán una vigencia mínima de un año y máxima de 25 años", apuntan.

Cabe señalar que anteriormente, el permiso se podía extender por 15 años más.
 
Asimismo se establecen las condiciones de la publicidad y propaganda entre las que destacan que "únicamente podrá efectuarse y difundirse una vez que se cuente con el permiso de la Secretaría".
 

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