Política

Blindan legisladores recursos destinados al sector salud

Fija penas hasta de siete años de prisión para quien desvíe recursos de este sector; además, los estados que no comprueben el uso del dinero asignado para este fin serán investigados y sancionados.

CIUDAD DE MÉXICO. A ocho meses de que fue enviada por el presidente Enrique Peña Nieto, la Cámara de Diputados aprobó reformas a la Ley General de Salud en materia de Seguro Popular, que establecen sanciones de cuatro a siete años de prisión y multas de mil a 500 mil días de salario mínimo, a quien desvíe recursos, numerarios o en especie, del Sistema de Protección Social en Salud.

El documento forma parte de las iniciativas que el Ejecutivo federal remitió a San Lázaro en septiembre del año pasado, como parte de la Reforma Hacendaria y de Seguridad Social, fue aprobado en octubre pasado por los Diputados y turnado al Senado para su ratificación.

El Senado aprobó el documento el ocho de abril, pero debido a los cambios realizados se regresó a San Lázaro y ahora se turna al Ejecutivo para su promulgación.

El texto consolida a la Secretaría de Salud como instancia rectora y articuladora del Sistema de Protección Social en Salud. También establece que los Regímenes Estatales de Protección Social son las estructuras administrativas que proveen dichas acciones, que dependen o son coordinadas por la encargada de conducir la política en materia de salud en los estados.

Señala que se busca mayor eficiencia en los servicios estatales de salud, asegurando que los recursos que se transfieren a este sistema se utilicen de la mejor manera y para los fines a que fueron asignados.

Para ello, obliga a las entidades federativas a llevar contabilidad e información financiera de dichos recursos, conforme a lo dispuesto en la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

Destaca además, que los recursos que transfiera el gobierno federal a las entidades federativas por concepto de cuota social y de aportación solidaria, podrán realizarse en numerario o en especie, a fin de garantizar que la población cuente con los medicamentos y demás insumos para su atención.

Fija penas de cuatro a siete años de prisión y multas de mil a 500 mil días de salario mínimo, a quien desvíe recursos, numerarios o en especie, del Sistema de Protección Social en Salud.

Indica que, en caso de que alguna entidad federativa no haya comprobado que los recursos se destinaron a los fines específicos para los que le fueron transferidos, se procederá a la investigación y sanción correspondiente.

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