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El PES sigue con vida... en Quintana Roo

De acuerdo con la votación obtenida, el Partido Encuentro Social solicitó su registro como partido local aunque no cuente con registro nacional.

Se aprobó el registro del partido político local Encuentro Social Quintana Roo por el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo) y al solicitarlo estableció que los días 4 y 5 de abril se podrá solicitar el registro de los candidatos a diputados de mayoría relativa y representación proporcional.

Al analizar el dictamen de la Dirección de Partidos Políticos, derivado de la solicitud de registro como partido político local del anterior partido político nacional Encuentro Social, en términos de lo dispuesto en el artículo 95, párrafo 5 de la Ley General de Partidos Políticos, determinó que se cumplieron los requisitos.

Para el 3 de abril, el Consejo General deberá aprobar la plataforma electoral que las candidatas y candidatos de Encuentro Social Quintana Roo sostendrán a lo largo de la campaña política.

Asimismo, se dio a conocer que, de acuerdo al registro de Encuentro Social Quintana Roo como partido político local, a más tardar el 6 de abril el Consejo General debe aprobar la modificación al financiamiento público ordinario de actividades específicas, extraordinario para la obtención del voto, extraordinario para el desarrollo de la estructura electoral y el monto que deberán destinar los institutos políticos para capacitación, promoción y desarrollo del liderazgo político de las mujeres, a otorgarse a los partidos políticos registrados y acreditados y a los topes de gastos de campaña para el proceso electoral, según lo establecido en el numeral 18 de los lineamientos.

El Consejo General resolverá la solicitud de registro de candidaturas de Encuentro Social Quintana Roo en la sesión que se celebre el 10 de abril de 2019 para resolver las solicitudes de registro de los partidos políticos con registro y acreditación ante este Instituto.

Al igual, se dijo que en un plazo de 70 días posteriores a la conclusión del proceso electoral, el partido político local Encuentro Social Quintana Roo deberá llevar a cabo el procedimiento establecido en sus estatutos para determinar la integración de sus órganos directivos.

En este sentido, se dijo que el artículo 10 de la Ley General de Partidos Políticos, establece en lo conducente que para conformar un partido político local deben cumplirse los siguientes requisitos: presentar una declaración de principios y, en congruencia con éstos, su programa de acción y los estatutos que norman sus actividades; los cuales deben satisfacer los requisitos mínimos establecidos en esta ley.

Se tiene que los "Lineamientos para el ejercicio del derecho que tienen los anteriores partidos políticos nacionales para optar por el registro como partido político local establecido en el artículo 95, párrafo 5 de la Ley General de Partidos Políticos", con precisión señalan que, si un partido político nacional pierde su registro por no haber alcanzado el porcentaje mínimo de votación en el último proceso electoral ordinario federal, podrá optar por el registro como partido político local en la o las entidades federativas en cuya elección inmediata anterior hubiere obtenido por lo menos el tres por ciento de la votación válida emitida y hubiere postulado candidatos propios en al menos la mitad de los municipios y distritos, condición con la cual se le tendrá por cumplido y acreditado el requisito del número mínimo de militantes con que debe contar.

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