Abogado experto en marcas

Linchamientos digitales, la nueva normalidad

Al igual que en los linchamientos en el mundo material, no importan los detalles ni el contexto, la opinión colectiva de un grupo hunde al acusado.

Durante varios años enseñé los conceptos fundamentales del debido proceso a estudiantes de la carrera de derecho en la clase denominada 'Teoría general del proceso'. Uno de los temas más apasionantes era el debate respecto a la legítima defensa (autotutela) y sus excesos. Los linchamientos destacaban como uno de los ejemplos más lamentables de la justicia por propia mano.

Solía relatarles la masacre de San Miguel Canoa ocurrida en 1968, donde cinco trabajadores de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla fueron destrozados por una turba enardecida que los acusaba de ser comunistas y de conspirar en contra de la Iglesia.

Mis jóvenes alumnos se horrorizaban al imaginar estos sucesos, unánimemente condenaban esta forma de venganza social acusándola de 'primitiva'. Pocos se ponían a reflexionar que los linchamientos siguen siendo frecuentes y que tal vez ellos mismos habían participado en alguno.

A pesar de los enormes avances que aparentemente hemos tenido como sociedad, el advenimiento del internet y las redes sociales han propiciado el resurgimiento del linchamiento como mecanismo de sanción. Twitter en especial se ha convertido en la nueva picota donde se expone a los reos para ser vilipendiados, el fenómeno ha sido bautizado con el nombre de 'linchamiento digital'.

Todo comienza con la viralización de una acusación, frecuentemente acompañada de un video o una fotografía. Al igual que en los linchamientos en el mundo material, no importan los detalles ni el contexto, la opinión colectiva de un grupo hunde al acusado y las voces de quienes quisieran defenderlo son acalladas por una lluvia de comentarios que van desde la descalificación ad hominem hasta el insulto vulgar.

Ejemplos tenemos muchos, recuerdo especialmente el caso de Nicolás Alvarado, quien pecó de insensible ante la muerte del ídolo y escribió una columna titulada "No me gusta Juanga (lo que le viene guango)" que ocasionó una marejada de comentarios en Twitter de tal magnitud que se vio forzado a renunciar a la dirección de TV UNAM. Tampoco podemos olvidar lo sucedido con Armando Vega-Gil, bajista del grupo Botellita de Jerez, quien fue objeto de acusaciones del movimiento #MeToo y, consciente de que su reputación quedaría manchada para siempre, se suicidó dejando esta nota:

"Debo aclarar que mi muerte no es una confesión de culpabilidad, todo lo contrario, es una radical declaración de inocencia, sólo quiero dejar limpio el camino que transite mi hijo en el futuro. Su orfandad es una manera terrible de violentarlo, pero más vale un final terrible que un terror sin final".

El linchamiento digital provoca afectaciones reales y muy serias. Invariablemente causa un daño moral al deteriorar la reputación del acusado, dejando huellas indelebles en la memoria digital del internet. Frecuentemente los agresores buscan que el efecto trascienda a un despido o a otro tipo de ostracismo, en casos extremos las palabras se traducen en acciones y provocan un ataque físico a la persona o sus bienes.

Desde el punto de vista jurídico, el linchamiento tiene dos grandes problemas, el primero es que no permite una defensa adecuada del acusado, es imposible discutir con una turba, por más argumentos que se tengan siempre serán avasallados por las masas; el segundo es el exceso en la pena, aun suponiendo que la persona sea culpable, el linchamiento conducirá necesariamente a una sanción excesiva, en el calor del momento nadie se pone a pensar si la conducta podría ser corregida o sancionada en forma moderada, lo que se busca es venganza y ese deseo normalmente se traduce en un castigo desproporcional.

¿Cómo responde el derecho ante los linchamientos digitales?

En estos tiempos cuando muchos legisladores se interesan por regular a las redes sociales, no existe normatividad específica para sancionar a quienes provocan un linchamiento digital, no obstante, existen medios legales que pueden utilizarse para demandar la responsabilidad de los agresores.

En la Ciudad de México tenemos la Ley de Responsabilidad Civil para la Protección del Derecho a la Vida Privada, el Honor y la Propia Imagen en el Distrito Federal, cuyo objeto es sancionar a quienes indebidamente captan y difunden la imagen de una persona con el objeto de desprestigiarla. Esta ley es relevante en especial para aquellos casos donde el material fue captado en un lugar o evento que no se consideraba público.

El año pasado se reformó la Ley Federal del Derecho de Autor para obligar a las redes sociales a respetar los derechos de autor que se ejercitan mediante el sistema de notificación y retirada, el derecho a la propia imagen está regulado en ese cuerpo normativo y cabría la posibilidad de solicitar el retiro de algún contenido que, sin tener relevancia noticiosa, busque desprestigiar a una persona mediante la difusión de su imagen, captada sin consentimiento.

En algunos casos es posible ejercitar el derecho de réplica establecido en el artículo 6° Constitucional, cuya ley reglamentaria deja abierta la posibilidad de realizar aclaraciones respecto a la información inexacta o falsa que le cause agravio.

El derecho siempre va un paso atrás de la tecnología, pero eventualmente la alcanza. Hemos entendido que el ambiente digital no es un mundo de fantasía donde todo se vale, antes bien se trata de una extensión de nuestra realidad y en ella también deben imperar las leyes. Los linchamientos son reprobables tanto en el mundo físico como en el digital, queda en la sociedad y en las autoridades ponerle un freno a esta lamentable tendencia que estamos viviendo.

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