Opinión Mauricio Jalife

México forzado a suspender sitios de piratería digital

Diez años después, y con el T-MEC de por medio, parecen ya no quedar argumentos para que nuestro país se siga resistiendo a abrir los canales para tener acciones legales vigorosas contra sitios ilegales de Internet y en redes sociales.

La inclusión de nuestro país en la lista prioritaria de vigilancia de la Alianza Internacional de Propiedad Intelectual, como consecuencia de su bajo nivel de observancia de derechos en el ámbito digital, se presenta en una coyuntura particularmente compleja. Otros países incluidos en la edición 2020 de la organización son Argentina, Chile, China, India, Indonesia, Rusia, Sudáfrica, Taiwán, Ucrania y Vietnam, que también deberán asumir compromisos para resolver la problemática.

En nuestro caso, la resistencia a adoptar medidas drásticas para este fin tiene antecedentes concretos. En el año 2011, luego de largas discusiones en el Senado, éste rechazó la ratificación del tratado antipiratería conocido como ACTA, que México había inicialmente firmado. En ese momento, el argumento central para la negativa fue la afectación a libertades de expresión que se veían comprometidas al suspender servicios de sitios web sin juicio previo, cuando fuesen sospechosos de violar derechos de autor.

En línea con esa decisión, aunque con matices técnicos particulares, debe citarse la sentencia dictada por la Segunda Sala de la Corte en el asunto de Alestra, en el primer semestre del 2017. En este caso, a través del IMPI se dictaron medidas provisionales que ordenaban a la telefónica suspender el servicio de Internet del sitio "mymusic.com", señalado como responsable de permitir bajar música sin autorización de sus legítimos titulares. La decisión final determinó la improcedencia de la medida, habida cuenta de no haberse demostrado que el total de música en el sitio era ilegal.

Diez años después, y con el T-MEC de por medio, parecen ya no quedar argumentos para que nuestro país se siga resistiendo a abrir los canales para tener acciones legales vigorosas, en contra de infracciones en línea de sitios ilegales de Internet y en redes sociales.

En la iniciativa de nueva ley de Propiedad Industrial, que cursa trámites en el Senado, ya se incluyen medidas provisionales orientadas a este fin, que permiten a la autoridad ordenar a los proveedores de servicios suspender la señal de sitios que ofrecen descargas ilegales. Además, se incluye como delito la grabación de películas en salas de cine (el llamado "camcording"), a fin de evitar esta nociva práctica que ha sido detectada como el punto de partida de la cadena que permite la piratería de estrenos cinematográficos.

Otro punto a resolver, es la creciente comercialización de productos con marcas falsificadas a través de las grandes plataformas de Internet, a las que el proyecto de nueva ley no toca. A pesar de que sus actividades "caen" en el ámbito general de las infracciones, todos creemos que deben tener un régimen particular que logre "alcanzarlos" desde la jurisdicción mexicana.

Más allá de la extrañeza que causa que un delito autoral sea incluido en leyes de propiedad industrial, no parece que estas medidas sean suficientes para detener el crecimiento de la piratería en el país. No se trata sólo de estar o no en las listas preparadas en el extranjero para calificar nuestro desempeño en estas materias, sino de dotar a nuestros autores de marcos normativos que aseguren que el valor de creatividad agregado a la cadena productiva, tendrá tasas de retorno.

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