Despertador

Prejuicios y falsedades sobre la Ley de Doblaje

El sentido de la iniciativa es muy claro: el espectador de cine seguirá teniendo la opción de ver la película en su idioma original. Pero más allá del debate lingüístico-cultural está el tema de los derechos laborales y económicos.

La presentación de la iniciativa sobre doblaje de voz suscitó algunas observaciones inteligentes y constructivas y muchas basadas en la desinformación y los prejuicios.

Una nota de un diario nacional titulada: "Todas las películas extranjeras serán dobladas al español" provocó comentarios como los siguientes en las redes sociales:

"Qué barbaridad que nos obliguen a ver todas las películas dobladas al español".

"A mí me gusta ver las películas en su idioma original y ahora no podré hacerlo".

"Lo que pasa es que los de la 4-T no hablan inglés".

Este tipo de comentarios, basados en la ignorancia o la mala fe, abundaron con el propósito de dar a entender que con la iniciativa de doblaje el espectador ya no tendría la posibilidad de disfrutar las películas en su idioma original. Totalmente falso. Nunca se propuso suprimir la exhibición cinematográfica en lengua extranjera.

También aparecieron en las redes sociales los defensores extremos de las obras artísticas en sus lenguas originarias, que incluso decían que "el doblaje no debería existir". Pero imaginemos un mundo sin doblaje y sin traducciones, un mundo en el que el acceso a toda obra artística debiera ser en su idioma original. A Shakespeare habría que leerlo en inglés, a Hegel en alemán, a Platón en griego, a Tolstoi en ruso, a Sun-Tzu en chino y a Maquiavelo en italiano. ¿Y el Popol Vuh? En maya. Así, ni el 0.1 por ciento de los mexicanos tendría acceso a esas obras, que hoy en día son universales gracias a las traducciones.

¿Y las obras de teatro? Actualmente ninguna se presenta en el idioma original de los autores extranjeros. En México, todas son en español.

En todo caso, el sentido de la iniciativa es muy claro: el espectador de cine seguirá teniendo la opción de ver la película en su idioma original.

Otros comentarios en redes y medios de comunicación se expresaron de forma grave acusando que se pretendía hacer lo que Francisco Franco hizo en España: doblar todas las películas al español para censurar los contenidos políticos. Este argumento es risible. En México el doblaje se hace en el mercado; no lo realiza el Estado. La censura política por la vía del doblaje es imposible.

Pero más allá del debate lingüístico-cultural está el tema de los derechos laborales y económicos de los actores y actrices de doblaje de voz.

Es lamentable la falta de solidaridad de la ANDI con este gremio. Esta agrupación, que debería defender los derechos de autor de actrices y actores de doblaje de voz, no sólo ignora el reclamo de éstos en el sentido de que no acceden al cobro de regalías, sino que rechaza la incorporación de los términos textuales "actrices y actores de doblaje de voz" al artículo 116 de la Ley Federal de Derechos de Autor. En dicho artículo se mencionan a "actor, narrador, declamador, cantante, músico, bailarín" como artistas intérpretes o ejecutantes. Según la ANDI, con eso es suficiente. ¿Por qué el rechazo? Si la propia ley especifica al narrador, al declamador, al cantante y al músico, ¿cuál es el problema de especificar al actor de doblaje de voz? Si los propios actores de doblaje están señalando la dificultad que tienen para cobrar regalías ¿por qué negarse?

También tenemos los argumentos de algunos directores y productores que muestran a un cine mexicano a la defensiva con el argumento de que a más doblaje menos consumo para películas mexicanas, como si estas fueran vistas sólo por estar en español y no por su atractivos creativos, ideológicos, fotográficos y actorales.

Hay que tomar en cuenta las dificultades de productores pequeños e independientes, así como las de traer cine de arte de lejanos lugares del mundo, para hacer los ajustes necesarios a la iniciativa, pero con todo y eso los tres principios fundamentales de la llamada ley de doblaje siguen siendo totalmente válidos: 1) que los espectadores tengan las dos opciones: películas en su idioma original y dobladas al español; 2) doblajes en lenguas indígenas y 3) reconocimiento de derechos laborales y autorales de los actores y actrices de doblaje de voz.

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