Maria Patricia Kurczyn Villalobos

Tus datos personales de salud son sensibles y valiosos, ¡cuídalos!

Toda persona tiene derecho a que los datos sobre su salud física y mental sean confidenciales y se usen sólo para determinadas acciones o circunstancias.

En un planeta en el que vivimos millones de personas, es lógico que cada una sea reconocida como persona física; hoy en día existen diversas formas para identificarnos desde el nacimiento de la persona, el cual debe ser reconocido incluso en su familia. Como sabemos, se asigna un nombre, seguido de los apellidos que se asientan en un registro como los primeros datos de identificación que aparecen en el acta de nacimiento. Sin embargo, y aun con esta imprescindible acta, hay otros tantos datos que nos personifican y nos permiten distinguirnos entre los millones de personas con las que compartimos el mundo, sin importar ahora el espacio o la distancia. Pensemos en las huellas digitales, el ADN, los sistemas de reconocimiento de voz, facial, del iris, etc.

La identidad es un derecho humano que se compone de datos físicos, genéticos, fisiológicos, entre otros, más o menos sofisticados, que en el curso de la vida aumentan de acuerdo con la personalidad de cada quien, según sus actividades laborales, profesionales, intereses académicos, deportivos, culturales, etc. Ante todo esto, es innegable que la identificación es una absoluta necesidad como lo es también su protección.

Por otra parte, conforme la era digital transforma continuamente el proceso de las relaciones de cada persona, se generan otras formas de identificación: hoy se vive entre contraseñas en el celular, en el correo electrónico, en los servicios bancarios, en documentos "personalizados" y la lista podría alargarse, pero lo que importaría destacar ahora es que nuestro nombre podría dejar de ser el dato principal de identificación, pues incluso tenemos una CURP y una credencial del INE que usamos como identificación general.

La conclusión es que la vida diaria nos pasea por números, imágenes, algoritmos y códigos QR; que nuestros datos van por todos lados y fácilmente perdemos el control de los mismos. En estas complicadas y dinámicas danzas, la Ley tiene que proveer la norma protectora para salvaguardar nuestra identidad, nuestra privacidad, prestigio, patrimonio y mantener nuestro lugar privado en el mundo, de las múltiples relaciones, incluidas las de inteligencia artificial; todo lo cual debe resguardar los derechos humanos de todas las personas.

La Ley determina cuáles son los datos personales y dentro de éstos cuáles son los más sensibles, que afectan la vida íntima del titular al que le puede ocasionar discriminación o riesgos y uno de esos datos sensibles se refiere precisamente al estado de salud presente o futura, por lo que se incluyen los datos genéticos.

Toda persona tiene derecho a que los datos sobre su salud física y mental sean confidenciales y se usen sólo para determinadas acciones o circunstancias, como es la atención de su propia salud; sin embargo, esto puede incumplirse fácilmente cuando la información se digitaliza y el acceso puede vulnerarse.

El expediente clínico electrónico o digital resulta un auxiliar de importancia por la portabilidad de información que facilita la atención de los pacientes, sobre todo por el flujo institucional, nacional o internacional. Pero es importante considerar que esa misma facilidad existe cuando se pretenda dar uso indebido a los datos personales del paciente sin su aprobación.

El mercado de datos personales en la salud es amplio; la captura de posibles clientes para laboratorios, medicamentos, remedios, spas, estéticas, lugares de descanso, etc., generan lucro para quienes obtienen los datos y los venden a comerciantes sin ética. Pero igualmente pueden ser utilizados para gestiones ilícitas e indebidas como podría ser en juicios de interdicción, de divorcio, custodia o pérdida de patria potestad, sucesiones, etc. El uso de datos de salud, sin identificar a pacientes, puede ser muy importante para la investigación científica, para estadísticas que permitan señalar comportamientos tales como de morbilidad o mortalidad, prevenir epidemias, conocer el comportamiento de medicamentos, identificar síntomas específicos de enfermedades determinadas y otras más; por ello es importante que al dar nuestros datos en un consultorio, instituciones de salud, laboratorios y farmacias advirtamos el Aviso de Privacidad y nos lo den a conocer.

El Aviso de Privacidad consiste en un documento en cualquier formato que contiene el compromiso de cuidar y resguardar los datos personales. Este Aviso de Privacidad es obligatorio, tanto para el sector público como para el privado y debe contener los requisitos que marcan las Leyes General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.

La ausencia del Aviso de Privacidad, o su ocultamiento se sancionan conforme a las leyes citadas. Igualmente la divulgación o la falta de confidencialidad son faltas graves que pueden ocasionar multas no de poca cuantía. Exige siempre el Aviso de Privacidad.

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