Razones y Proporciones

La convocatoria al regreso de los trenes de pasajeros

El principal riesgo de la convocatoria para desarrollar una red ferroviaria de transporte de pasajeros estriba en que los particulares podrían encontrarla poco atractiva.

El 20 de noviembre pasado, el presidente de la República emitió un decreto que establece condiciones para que opere un amplio sistema de trenes de pasajeros, aprovechando el marco legal vigente.

La nueva disposición invoca el carácter “prioritario” del servicio público ferroviario, establecido en la Constitución, en el que el Estado funge como “rector” y puede otorgar concesiones y permisos para su prestación.

El decreto convoca a posibles interesados para que presenten propuestas orientadas a ofrecer el servicio ferroviario de pasajeros. Como se busca que esto ocurra utilizando las vías previamente concesionadas para el transporte ferroviario de carga, los primeros invitados son los actuales concesionarios de este servicio, los cuales deben entregar sus planes, a más tardar, el 15 de enero de 2024.

El anuncio oficial advierte que, en caso de que estos concesionarios no presenten propuestas “viables” en el plazo establecido, el gobierno federal podrá otorgar títulos de “asignación” de ese servicio a la Secretaría de la Defensa Nacional o la de Marina, o a otros particulares que envíen proyectos que cumplan con los ordenamientos legales.

El comunicado hace referencia a los títulos de concesión de transporte de carga en vigor, los cuales incorporan la facultad del gobierno de otorgar concesiones o derechos a terceros para que, en la misma vía férrea destinada a la carga, puedan brindar el servicio de pasajeros “en cualquier tiempo”.

Finalmente, la convocatoria abarca siete rutas que conectan más de veinte ciudades dentro del centro y norte del país. Se menciona también que estas vías son las “primeras”, con lo que se infiere que la administración desearía extender el alcance del programa en el futuro.

La medida anunciada tiene el mérito de abrir a la participación privada el transporte ferroviario de pasajeros, el cual puede ser altamente valorado por la población, en especial la de menores recursos. Además, las concesiones son un vehículo idóneo para la ampliación de la infraestructura férrea y de otra naturaleza que, con la apropiada regulación, puede apoyar la eficiencia y el bienestar social.

En el caso del presente decreto, los actuales concesionarios de carga no son ajenos a la experiencia del transporte de pasajeros. En particular, una de las dos más importantes empresas concesionarias opera dos líneas turísticas en el norte y occidente del país.

Como en otros ámbitos, desde el punto de vista privado, el servicio de trenes de pasajeros resulta viable solo si es rentable. De hecho, la ley reglamentaria de la materia establece, como primer requisito para el otorgamiento de títulos de concesión ferroviaria, “la opinión favorable sobre la rentabilidad económica del proyecto”.

Esta condición refleja el propósito de que el concesionario cumpla con sus responsabilidades a cambio de obtener un beneficio derivado de la operación, y no de apoyos gubernamentales. Históricamente, este requisito es comprensible considerando que las concesiones ferroviarias de carga se otorgaron, en gran medida, como medio para atenuar las presiones fiscales, en medio de la crisis de los años noventa del siglo pasado.

Asimismo, la administración de esa época suspendió “temporalmente” el servicio de trenes de pasajeros, el cual desapareció, años después, de forma permanente. Curiosamente y en un campo muy diferente, esta determinación se asemeja a la de la flotación del peso frente a otras monedas, caracterizada como temporal en 1995 y mantenida, por sus ventajas, desde entonces.

El principal riesgo de la convocatoria gubernamental estriba en que los particulares, incluyendo los concesionarios actuales, podrían encontrarla poco atractiva. En ninguna parte del mundo, el servicio de trenes de pasajeros, ofrecido con calidad aceptable, resulta financieramente autosuficiente.

Entre los medios de transporte, el ferroviario es el más intensivo en capital. Las erogaciones pueden ser sustanciales, sobre todo si se atiende a las características del servicio enunciadas en el decreto, como “menos contaminante” y “más seguro”. Las tarifas al público para compensar los costos de inversión y operación irían en contra del deseo gubernamental de que sean “económicas” y difícilmente serían asequibles para gran parte de la población.

En tal situación, el peligro puede consistir en que la administración decida que las Fuerzas Armadas proporcionen el transporte con mínimo gasto, en cuyo caso la calidad del servicio para pasajeros y carga se vería comprometida. Tomando en cuenta los enormes compromisos en las obras “emblemáticas” del gobierno, esta opción parece más bien simbólica, emanada de la conmemoración de la Revolución mexicana, con limitadas posibilidades prácticas.

El autor es exsubgobernador del Banco de México y autor de Economía Mexicana para Desencantados (FCE 2006).

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