Comisionada del Inai

La protección de datos personales en un mundo digital

En esa visión de un mundo digital del que todos somos ciudadanos, aunque es casi imposible trazar la soberanía de los Estados, sí encontramos amenazas y vulneraciones a la seguridad de los individuos.

El territorio es el ámbito en el que cada Estado ejerce su soberanía de manera excluyente para terceros que no deben intervenir en sus asuntos internos y que tratándose del de otros debe respetar a fin de mantener la paz y la seguridad internacionales. Ninguna persona puede entrar a otro país sin las debidas credenciales y permisos.

Esta división territorial que limita a una Nación de otra desaparece en el mundo digital en el que vivimos, salvo en ciertos regímenes totalitarios o con libertades limitadas, en los que se aplican medidas de censura sobre la Red o su acceso a ella; por regla general en la Internet no hay fronteras, todos somos habitantes del mismo territorio informático.

Día a día personas de diferentes naciones, razas, costumbres, culturas y credos, interactúan y celebran transacciones comerciales entre sí; la comunicación por medios electrónicos trasciende lenguas, idiosincrasias y religiones; los encuentros digitales son posibles sin pasaporte alguno. En esa visión de un mundo digital del que todos somos ciudadanos, aunque es casi imposible trazar la soberanía de los Estados, sí encontramos amenazas y vulneraciones a la seguridad de los individuos.

Es evidente que la pandemia por el Covid-19 además de trastocar el escenario socioeconómico y político mundial, ha exacerbado la comisión de delitos informáticos, cibernéticos, electrónicos y de alta tecnología, que atentan contra la confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información, y afectan las economías digitales. De acuerdo con el Informe de Riesgos Globales 2020 del Foro Económico Mundial, en términos de probabilidad, dentro de los 10 riesgos principales se encuentra en sexto lugar el fraude o robo de datos y como séptimo los ciberataques, y en términos de impacto, la ruptura de infraestructura de información en el sexto y en octavo los ciberataques; delitos que se encuentran estrechamente vinculados con los datos personales, de ahí la importancia que los países se alleguen de las herramientas normativas necesarias para protegerlos.

Desde enero de 1981 se firmó el Convenio No. 108 del Comité del Consejo de Europa para la protección de las personas con respecto al tratamiento automatizado de datos de carácter personal, como primer instrumento internacional vinculante en la materia, y cuyo objetivo primordial es regular este derecho fundamental; su Comité Consultivo está compuesto por representantes de los Estados, dentro de los cuales se encuentra México, que se adhirió en abril de 2018, con lo cual la normatividad de nuestro país se apega a los más altos estándares en la materia.

Del 18 al 20 de noviembre del presente año tuve la oportunidad de asistir en mi calidad de comisionada del INAI a la 40° sesión plenaria del Convenio 108, donde participaron más de 150 autoridades de protección de datos personales y se elaboraron una serie de documentos con el objetivo de implementar políticas para garantizar este derecho; dentro de las cuales se destacan el reconocimiento facial, la elaboración de perfiles, la protección de los datos de los niños en entornos educativos, la identidad digital y el procesamiento de datos personales por parte de organizaciones a cargo de campañas políticas, entre otros.

Aun y cuando México ha hecho esfuerzos en materia de protección de datos, como es participar en el Foro de Autoridades de Privacidad de Asia-Pacífico y presidir la Red Iberoamericana de Protección de Datos es fundamental hacer reformas a la ley a fin de adoptar reglas diseñadas específicamente para afrontar las problemáticas de nuestro mundo digital, y hacer frente a las empresas globales que hacen mal uso de los datos privados de sus clientes en el país. Por lo pronto nuestro objetivo más próximo será adherirnos a la versión modernizada del Convenio para la Protección de las Personas con respecto al Tratamiento Automatizado de Datos de Carácter Personal (Convenio 108 Plus).

COLUMNAS ANTERIORES

Neuroderechos, el nuevo horizonte en la protección de datos personales
La privacidad en tiempos de alta demanda turística

Las expresiones aquí vertidas son responsabilidad de quien firma esta columna de opinión y no necesariamente reflejan la postura editorial de El Financiero.