Francisco Javier Acuña

INE e INAI conmemoran 40 aniversario del derecho al acceso a la información

 

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En el marco de la celebración de los cuarenta años en México del Derecho al Acceso a la Información, el próximo seis de diciembre, el Instituto Nacional Electoral (INE), en colaboración con el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) celebran la ocasión, con diversas mesas de análisis, motivo por el cual se invita al público en general a participar en las mismas a partir de las 9.00 horas en la Sede del INAI, en Insurgentes Sur 3211, Col Insurgentes Cuicuilco, en la Ciudad de México.

En dicho evento expertos y actores directos e indirectos de la transición a la democracia mexicana abordarán los siguientes tópicos:

• Transcendencia de la reforma política de 1977 como base para el reconocimiento del derecho de acceso a la información pública.
• Evolución del Derecho de Acceso a la Información Pública.
• Rendición de cuentas de los partidos políticos.
• Compromisos por la transparencia de los partidos políticos.

Para entrar en contexto vale recordar el origen del derecho de acceso a la información, surge en Suecia en el año de 1766 con la promulgación de la "Ley para la Libertad de Prensa y del Derecho de Acceso a Actas Públicas", dicha Ley figuró en el ámbito internacional hasta el año de 1948, cuando el artículo 19 de la Declaración de los Derechos Humanos señaló que "Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; así y derivado de lo anterior, se podría afirmar que este derecho incluye el de no ser molestado a causa de opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio.

En nuestro país, dicha garantía así vista en los años 70 se incluyó en nuestra Carta Política el año de 1977, mediante reforma al artículo 6° constitucional, en la que se agregó la frase: "el derecho de acceso a la información será garantizado por el Estado. A la que se reconoció como la "reforma a las diez palabras".

El movimiento de protesta estudiantil de 1968 fue el parteaguas de la primera gran crisis del sistema político mexicano post revolucionario.
El presidente José López Portillo, abordó en su discurso de toma de posesión la urgencia de una reforma política.

Dos propósitos se tenían que cumplir con la reforma: revitalizar el sistema de partidos y ofrecer una opción de acción política legítima tanto a los que habían rechazado como a los que habían optado por la violencia.

De acuerdo con Sergio López Ayllón en su conocida obra "El Derecho a la Información" documenta que después de meses de discusiones, la reforma política se plasmó en la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales (LFOPPE), que fue aprobada por el Congreso en diciembre de 1977, junto con un paquete de 17 reformas y adiciones, necesarias para su funcionamiento. La LFOPPE, además de elevar a rango constitucional el reconocimiento de los partidos políticos como entidades de interés público, estaba orientada a la ampliación del sistema de partidos y la participación de éstos en el Congreso.

Resulta obligado destacar que la reforma al numeral 6° constitucional, causó una gran controversia, en razón de que originalmente se pensó que dicha reforma se realizó con la finalidad de crear una prerrogativa cuya titularidad residiese únicamente en los partidos políticos para dar vigencia en forma más efectiva al derecho a la información, para el mejoramiento de una conciencia ciudadana y con la finalidad de que la sociedad estuviera más enterada, vigorosa y analítica.

Para la memoria política, es importante recordar que el Derecho a la Información en México inició en el año 1977, con la reforma constitucional y Reforma Política; también hubo importantes logros en los años 2001,2002, 2003, 2007, 2014. Y es en mayo de 2015, con la promulgación de la Ley General de Transparencia, que se da origen a la implementación del Sistema Nacional de Transparencia.

La LGT incorporó 48 obligaciones comunes a los sujetos obligados y 30 adicionales a los partidos políticos, el INAI deberá vigilar el cumplimiento de esas obligaciones y en caso de omisiones o faltas dará cauce a la intervención del INE para el fincamiento de las sanciones correspondientes.

El autor es comisionado presidente INAI.

Twitter: @f_javier_acuna

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