Colaborador Invitado

Un padrón y un nuevo distintivo de integridad empresarial

El sector privado debe involucrarse en la generación de una política empresarial de integridad que defina la manera en la que interactúa con el gobierno y otros agentes económicos.

A inicios de este mes se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos del Padrón y del Distintivo de Integridad Empresarial de la Secretaría de la Función Pública (SFP), con el que nuestro gobierno busca complementar las disposiciones que establecen prácticas y políticas de integridad, tanto en el sector público, como en el empresarial.

La Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, de la que México es integrante, destaca en su artículo 12, que las partes adoptarán medidas para prevenir la corrupción y mejorar las normas contables y de auditoría en el sector privado, para lo cual podrán promover la formulación de normas y procedimientos encaminados a salvaguardar la integridad de las entidades privadas; promover el uso de buenas prácticas comerciales entre las empresas y las relaciones contractuales de éstas con el Estado; promover la transparencia entre entidades privadas, incluidas, cuando proceda, medidas relativas a la identidad de las personas jurídicas y naturales involucradas en el establecimiento y la gestión de empresas; así como velar porque las empresas privadas dispongan de suficientes controles contables internos para ayudar a prevenir y detectar los actos de corrupción, entre otros aspectos.

En concordancia con este instrumento internacional fue que el legislador mexicano estableció el Título Segundo de la Ley General de Responsabilidades Administrativas (LGRA), relativo a los mecanismos de prevención e instrumentos de rendición de cuentas, a través del cual se facultó a la SFP para suscribir convenios de colaboración con personas físicas o morales que participen en contrataciones públicas y con las cámaras empresariales u organizaciones industriales o de comercio.

Estos convenios tienen por finalidad orientar a dichos operadores en el establecimiento de mecanismos de autorregulación que incluyan la instrumentación de controles internos; programas de integridad que les permitan asegurar el desarrollo de una cultura ética en su organización y, como parte de estos mecanismos, el establecimiento de mejores prácticas sobre controles, ética e integridad en los negocios.

Con estas disposiciones es claro que se busca involucrar al sector privado en la generación de una política empresarial de integridad, que permita al interior de las organizaciones crear una mayor consciencia de la manera en la que interactúa con el gobierno y con otros agentes económicos.

De este modo, así como el gobierno federal cuenta con un andamiaje normativo dirigido a establecer ciertos valores y criterios mínimos de conducta ante la sociedad, como es el caso, por ejemplo, del Código de Ética de la Administración Pública Federal, publicado en el DOF este mismo año, es deseable y necesario que el sector privado goce de lineamientos que le permitan contribuir a generar una cultura de integridad, que prevenga a sus integrantes de incurrir en responsabilidades derivadas de hechos de corrupción y dignifique su comportamiento social.

Con estos lineamientos también se da cumplimiento al Programa Sectorial de Función Pública 2020-2024, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de junio de 2020, que establece como estrategia prioritaria (en el punto 6.6.) la de desarrollar las herramientas y normatividad necesarias para la implementación del “Padrón de Integridad Empresarial”, así como para la integración y registro de las empresas y actores interesados en la obtención del “Distintivo de Integridad Empresarial”, mediante el fomento de buenas prácticas, programas de integridad y medidas anticorrupción, para involucrar a las personas con actividad empresarial en la lucha contra la corrupción.

La tramitación del empadronamiento correspondiente, así como del distintivo de integridad podrá realizarse vía electrónica a través de la plataforma o sistema previsto en los propios lineamientos, la cual será administrada por la SFP y para ello se deberán presentar documentos que acrediten la existencia legal y el cumplimiento de las obligaciones fiscales de la organización, así como la documentación que acredita la existencia de su programa de integridad en términos del artículo 25 de la LGRA, como son el manual de organización y procedimientos internos, el código de conducta, los sistemas de control, vigilancia y auditoría, los sistemas de denuncia, así como de entrenamiento y de capacitación, las políticas de recursos humanos y los sistemas que garanticen la transparencia en sus actuaciones, entre otros aspectos.

Las organizaciones empadronadas deberán actualizar sus registros durante el mes de octubre de cada año e informar de cualquier cambio en ellos o bien, del inicio y cierre de cualquier investigación por hechos o actos posiblemente constitutivos de delito o de falta administrativa instaurada en su contra.

Por su parte, el distintivo es un reconocimiento que otorga la SFP a las empresas registradas en el padrón que acrediten que su política de integridad cumple con los parámetros legales y tendrá una vigencia de cuatro años a partir de que fue obtenido. Este distintivo busca reconocer el compromiso de una organización en su compromiso para prevenir la corrupción al interactuar con otros agentes del sector privado y con entes de la Administración Pública Federal.

Es importante que estos lineamientos sean ampliamente difundidos para que puedan ir permeando en las organizaciones de todos los sectores productivos, con la finalidad de que contribuyan a generar una nueva cultura de integridad empresarial, sin embargo, también es necesario crear incentivos administrativos que permitan incidir en el ánimo de las organizaciones para adoptar dichas políticas, de otro modo, todas estas medidas quedarán supeditadas a la consciencia moral de quienes se animen a integrarlas en sus organizaciones, lo que no es menor, pero tampoco sería suficiente.

Enhorabuena por la emisión de estos lineamientos que buscan implementar mejores prácticas al interior de las organizaciones privadas para generar políticas de integridad y combate a la corrupción, ojalá cumplan su cometido.

Juan Manuel Otero Varela es profesor investigador de la Facultad de Derecho, Universidad Panamericana.

Juan Otero Varela

Dr. Juan Manuel Otero Varela

Profesor investigador y director académico del programa de Maestría en Derecho Administrativo en el Posgrado de la Facultad de Derecho de la UP; miembro del Sistema Nacional de Investigadores, nivel I; y miembro del Foro Iberoamericano de Derecho Administrativo.

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