Opinión Antonio Cuellar

El mundo de los abogados

Las tecnologías de la información revolucionan la práctica de la gran mayoría de las profesiones del mundo, y la abogacía no es una excepción.

Algunas revistas dedicadas a la orientación profesional desaniman a los jóvenes que encuentran en la abogacía una dirección vocacional, apoyadas en la tesis de que los abogados seremos proveedores de servicios que llegaremos a ser desplazados por complejos algoritmos matemáticos y computadoras mayormente guiadas por inteligencia artificial.

Es cierto que el ejercicio de la profesión del derecho ha venido a verse rápidamente revolucionado con múltiples apoyos digitales que hacen más fácil el trabajo y, desde algún punto de vista, a verse sustituido en algunas funciones que otrora realizábamos los abogados, por esos mismos programas que procesan con vertiginosa rapidez las tecnologías en el ámbito de los sistemas computacionales.

En el derecho corporativo, el que se refiere a la redacción de los contratos y las asambleas que rigen la vida de las sociedades mercantiles, por ejemplo, existe un universo tan grande de documentos tan bien redactados, a la disposición del público, que la intervención de los abogados se llega a ver reducida en algunos casos a una tarea de elección de párrafos y llenado de espacios en blanco, que desmerece enormemente su trabajo. La participación de los abogados sólo se torna indispensable en algunas operaciones complejas, que llegan a ser excepcionales.

El Poder Judicial de la federación, como también los Tribunales Administrativos, Agrarios y del Trabajo en el mismo ámbito federal, y los Poderes Judiciales y Tribunales Administrativos de los Estados, ponen al servicio del público poderosos buscadores que facilitan a los abogados dedicados al patrocinio de asuntos contenciosos, los precedentes, los criterios y tesis más avanzadas que los propios órganos de justicia han emitido con relación a los conflictos más recientes sometidos a su jurisdicción; un sistema de búsqueda y consulta que facilita la identificación de los caminos que los abogados deben seguir para obtener sentencias que favorecen los intereses de sus representados.

Sin embargo, la ciencia del derecho y las leyes gozan de las cualidades propias de las ciencias sociales, que las diferencian diametralmente de las ciencias exactas. Los conflictos alrededor de la justicia y la equidad cambian de una circunstancia a otra, y es la confianza que el ser humano tiene en los sentimientos de honor, de dignidad, de piedad, de justicia y perdón, que la labor que realizan los jueces, así como muchos servidores públicos, difícilmente podría llegarse a ver sustituida por un programa de computadora.

Vale la pena recordar que la razón anterior sirvió como justificación vertebral para que durante el sexenio del presidente Calderón se impulsara una reforma sustantiva y radical en el ámbito de la justicia penal en 2008. Se buscó transformar la formalidad de los procesos criminales, que se vieron guiados al terreno de la oralidad, ahora a través de un nuevo Código Único de Procesos Penales, aprobado durante la primera mitad del sexenio del presidente Peña. Un cambio de formato relevante que redimensionó el principio de inmediatez que debe privar en la relación entre juzgador y justiciables.

La pandemia ha afectado gravemente el ejercicio de la abogacía en México y en el mundo. La necesaria adopción de acuerdos y políticas que impulsan el cierre de las actividades judiciales para preservar la vida de los jueces y quienes colaboran alrededor suyo, y de los litigantes y sus abogados, ha propiciado que el mundo del derecho haya quedado en suspenso.

La necesidad ha provocado una reinvención del derecho y las ofertas de servicios en línea se hacen cada día más presentes. Los abogados aprovechan esta nueva conexión de la sociedad y el internet para hacer más presentes los servicios para los que pueden ser contratados. Programas como Zoom, Cisco Webex, Teams y otros similares, facilitan la comunicación y la realización de reuniones a través de las cuales se discuten y autoriza la redacción de documentos necesarios para la concreción de planes de negocio y acuerdos a los que se supedita la certidumbre de las personas, en su quehacer con el derecho.

Es previsible que la pandemia haya llegado para impulsar esa revolución de la profesión que ya las revistas anticipaban, y que así como inminentemente se llegarán a llenar las ventanillas de nuevas demandas por conflictos del orden familiar, provocadas por el encierro, se encontrarán nuevos nichos que los abogados deberán atajar, para remediar el gran vacío legal que la necesidad de hacer el uso del internet como medio efectivo para aceptar compromisos contractuales ha puesto a la vista; la necesidad de regular la vinculatoriedad de los actos jurídicos que las personas celebran por la vía digital.

Un punto volverá a ser motivo de preocupación y deliberación; el de la inmediatez judicial. Habiéndose avanzado tanto en el camino de la oralidad, precisamente para remediar las fallas que la distancia entre el juez y las partes arroja cuando los expedientes se resuelven sin tomar en cuenta los gestos y las palabras de quienes intervienen en las causas que dan lugar a su apertura, ¿las plataformas digitales serán un vehículo confiable para que los jueces apelen a su intuición, en el momento en que deban valorar si las personas se conducen con verdad, antes de aplicar la ley y hacer justicia?

Porque a pesar de que las plataformas digitales permiten que los abogados sigan interviniendo en los procesos penales en los que el juez escucha de viva voz los alegatos de las partes, bien podría cuestionarse su fiabilidad al momento de apreciar la postura y la conducta de las partes, antes de dictar sentencia. Hay una manera de valorar cuando una persona se conduce con falsedad, en su actuar y en la forma de referirse a las cosas, que se desvirtúa cuando su imagen se reduce a una pantalla, por muy buena que la definición llegue a ser. Es esa oportunidad, que acaba por condenar o por absolver a una persona de una pena privativa de la libertad, o por impedir una justa reparación del daño a favor de la víctima, la que debe de preservarse y protegerse a toda costa.

Las tecnologías de la información revolucionan la práctica de la gran mayoría de las profesiones del mundo, y la abogacía no es una excepción. Es, sin embargo, la premisa que arroja el cuestionamiento anterior, la que viene a demostrar tan frontalmente la razón por la cual se puede afirmar que, aún ante la inteligencia artificial más avanzada, el mundo siempre necesitará de los abogados.

COLUMNAS ANTERIORES

¡Es la democracia!
La contribución del gasto público… venezolano

Las expresiones aquí vertidas son responsabilidad de quien firma esta columna de opinión y no necesariamente reflejan la postura editorial de El Financiero.