Nacional

Tribunal concede amparo a José Manuel Mireles

El titular del Primer Tribunal Unitario del Décimo Primer Circuito invalidó la decisión del juez Quinto en Michoacán y abre la posibilidad de que se anule el juicio por el delito de portación de armas de fuego de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas.

CIUDAD DE MÉXICO.- José Manuel Mireles, exlíder de las autodefensas de Michoacán, ganó un amparo para efectos, que le abre la posibilidad de que se anule el juicio en su contra por el delito de portación de armas de fuego de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas, que lo tiene preso en un penal de máxima seguridad desde junio de 2014.

Ranulfo Castillo Mendoza, titular del Primer Tribunal Unitario del Décimo Primer Circuito, determinó invalidar la decisión del juez Quinto en Michoacán y la ratificación a esta decisión por parte del Segundo Tribunal Colegiado, en la que se declaró infundada la petición de Mireles de sobreseer la causa penal 114/2015.

El magistrado Castillo Mendoza consideró que el juez Quinto no justificó su decisión de desechar la petición de Mireles y el titular del Segundo Tribunal Colegiado, al revisar esta decisión, no confrontó las posturas del juez con las pruebas aportadas por el exautodefensa.

"Asiste razón al quejoso, porque de la íntegra lectura de la resolución que se hace consistir en el acto reclamado, se advierte que el magistrado auxiliar realizó únicamente un genérico análisis de las consideraciones del juez, mismas que compartió, al extremo de confirmar la resolución incidental que aquél emitió, virtud de la cual declaró infundado el incidente de sobreseimiento de la causa penal", explicó el magistrado Castillo Mendoza en su sentencia.

Aseguró que la decisión del magistrado del Segundo Tribunal Unitario se tomó sin hacer un detenido pronunciamiento respecto de los medios de convicción que hizo el juzgador primario.

"Es decir, que dicho magistrado auxiliar, no evidenció postura alguna respecto de la legalmente correcta o no ponderación demostrativa de tales medios convictivos, ni de su alcance demostrativo, menos aún de su armónica interrelación indiciaria como lo hace notar la defensa, pues además de transcribir la determinación del juez de primer grado, retomó parcialmente algunas de las conclusiones del juez".

Por ello, el magistrado Castillo Mendoza advirtió como inexactos los argumentos del juez del Juzgado Quinto y del magistrados del Segundo Tribunal Unitario, a quienes conminó a tomar en cuenta todas las pruebas aportadas por el exlíder de las autodefensas de Michoacán.

"En las relatadas consideraciones, procede conceder al quejoso la protección constitucional que solicita, para el efecto de que, la responsable, deje insubsistente la resolución reclamada y dicte otra, en la que emprenda un análisis de las probanzas destacadas cuyo estudio omitió el magistrado auxiliar, a fin de que determine si de las mismas derivan o no indicios suficientes virtud de las cuales se actualicen las excluyentes del delito", dijo el magistrado.

Aclaró que esta resolución no implica una obligación al juez a emitir una nueva resolución en determinado sentido, "sino que de forma fundada y motivada deberá pronunciarse según al resultado que arrojó el examen de los hechos contenidos en dicho material probatorio y la ponderación de éste".

También lee: