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TEPJF revoca lineamientos de 'cancha pareja' del INE

Los magistrados electorales consideraron que el INE excedió sus funciones al tratar de prohibir que funcionarios, actores políticos y ciudadanos contrataran propaganda en cualquier medio de difusión a partir del 8 de septiembre.

CIUDAD DE MÉXICO.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) echó para abajo los lineamientos de "cancha pareja" que había aprobado el Instituto Nacional Electoral (INE), pues determinó que rebasó sus facultades.

Por mayoría de cinco votos contra dos, los magistrados electorales apoyaron el proyecto de resolución que presentó el magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, quien señaló que si bien lo párrafos séptimo y octavo del artículo 134, relacionados con la propaganda gubernamental y política, carecen de regulación, esto no implica que el INE pueda reglamentarla.

"La autoridad administrativa electoral nacional (el INE) excede estos principios de reserva de ley y subordinación jerárquica al regular una materia que es exclusiva del Congreso de la Unión, lo que trastoca el régimen competencial y de separación de Poderes", expuso.

Al resolver las más de 330 medios de impugnación que presentaron partidos, aspirantes, gobernadores y hasta la Presidencia de la República, los magistrados José Luis Vargas Valdez, Felipe de la Mata, Mónica Soto y la presidenta Janine Otálora Malassis, respaldaron la propuesta para bajar los lineamientos.


No obstante, las medidas aprobadas por el INE fueron apoyadas por los magistrados Reyes Rodríguez Mondragón e Indalfer Infante, quienes consideraron que son "una compilación para dar mayor certeza" a los próximos procesos electorales.

El magistrado infante apuntó que en muchos de los temas que definieron los consejeros electorales, sí tienen atribuciones, por lo que consideró que deberían sostenerse para que entraran en vigor el próximo 8 de septiembre.

Los lineamientos de "cancha pareja" establecían la prohibición de contratación de propaganda en todos los medios de difusión; alcanzaban a todos los servidores públicos, actores políticos y ciudadanos que aspiraban a cargos de elección popular e incluso limitaba la propaganda en torno a los informes de labores de los servidores públicos.

Además, establecían la advertencia de que quienes los incumplieran y contrataran algún tipo de propaganda podrían sumar un mayor monto a sus topes de gastos, en caso de que fueran aspirantes, lo que llevaría a la posibilidad de cancelar una precandidatura o candidatura.

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