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Corte declara inconstitucional norma que sanciona a concesionarios

Por primera vez en su historia, la Suprema Corte de Justicia dictó una declaratoria general de inconstitucionalidad respecto a un artículo.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró este jueves como inconstitucional una parte de un artículo de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, lo que implica que dicha norma no pueda ser utilizada en ninguna persona.

La norma declarada inconstitucional establecía una multa de 1 por ciento de los ingresos acumulables a concesionarios o autorizados de radio y televisión, lo cual consideraron excesivo.

El Pleno de la Corte expulsó del sistema jurídico el inciso B del artículo 298 de la fracción IV de la ley mencionada. Así, por primera vez en su historia, la institución dictó la declaratoria general de inconstitucionalidad.

"Entre octubre y noviembre de 2017, la Segunda Sala de este Alto Tribunal resolvió cinco amparos en revisión, en los que estableció jurisprudencia y determinó que ese precepto violaba el articulo 22 de la Constitución Federal, sin que el Congreso de la Unión haya hecho la reforma correspondiente", explica la SCJN en un comunicado.

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