La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró este jueves como inconstitucional una parte de un artículo de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, lo que implica que dicha norma no pueda ser utilizada en ninguna persona.
La norma declarada inconstitucional establecía una multa de 1 por ciento de los ingresos acumulables a concesionarios o autorizados de radio y televisión, lo cual consideraron excesivo.
El Pleno de la Corte expulsó del sistema jurídico el inciso B del artículo 298 de la fracción IV de la ley mencionada. Así, por primera vez en su historia, la institución dictó la declaratoria general de inconstitucionalidad.
"Entre octubre y noviembre de 2017, la Segunda Sala de este Alto Tribunal resolvió cinco amparos en revisión, en los que estableció jurisprudencia y determinó que ese precepto violaba el articulo 22 de la Constitución Federal, sin que el Congreso de la Unión haya hecho la reforma correspondiente", explica la SCJN en un comunicado.