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SSA publica lineamientos para etiquetado de bebidas alcohólicas

La nueva norma establece las prohibiciones de venta a menores de edad y el contenido de ingredientes, en el caso de cocteles; entrarán en vigor hasta el siguiente año, mientras que las demás disposiciones, sobre las condiciones sanitarias que se incluyen en la nueva NOM-142-SSA1/SCFI-2014 serán vigentes en julio.

CIUDAD DE MÉXICO. La Secretaría de Salud publicó las nuevas reglas de etiquetado que deberán acatar los fabricantes de bebidas alcohólicas como incluir las leyendas sobre la prohibición de su venta a menores de 18 años, a mujeres embarazados o la de no conducir bajo la influencia del alcohol.

Las nuevas condiciones para las etiquetas no entrarán en vigor hasta el siguiente año, mientras que las demás disposiciones, sobre las condiciones sanitarias que se incluyen en la nueva NOM-142-SSA1/SCFI-2014 estarán vigentes a partir de julio.

La nueva norma, que se presentó desde febrero de 2013 para su discusión, prevé un nuevo etiquetado para las bebidas alcohólicas que además de señalar las prohibiciones como su venta a menores, deberán incluir su contenido de ingredientes, en el caso de cocteles, debido a que algunos de sus ingredientes pueden generar otros daños a la salud como hipertensión o causar alergias.

"Los aditivos usados en la elaboración de la bebida alcohólica, deben declararse con el nombre común o en su defecto algunos de los sinónimos establecidos en el acuerdo, a excepción de los saborizantes, aromatizantes y enzimas que podrán declararse de manera genérica", establece la nueva NOM publicada este lunes en el Diario Oficial de la Federación.

También deberá especificarse las fechas del consumo preferente, es decir, un tipo de caducidad para el producto.

La NOM añade que los productores deben autenticar el origen de los productos usados en la bebida, además de comprometerlos a demostrar la compra de estos materiales, con el fin de comprobar que sus bebidas no han sido adulteradas.

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